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24 May 2020 |
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En Coslada podrán ampliarse las existentes, y los locales que no tenían podrán instalarlaEl pasado viernes, Día de San Isidro, el alcalde de Coslada, Ángel Viveros, procedió a la firma del Decreto de Alcaldía a través del cual, con el fin de hacer frente a los efectos económicos del COVID-19 en el sector hostelero, se dio luz verde tanto a la ampliación de terrazas existentes, como a la posibilidad de instalación por parte de los locales que no disponían de ellas. Cabe recordar que las mismas, que estarán operativas con las limitaciones marcadas para la Fase 1 de la desescalada por el Gobierno de España, fueron clausuradas como medida para evitar la propagación de la pandemia con el Real Decreto 463/2020. Ahora el Consistorio cosladeño va más allá e introducirá una serie de cambios en la actual Ordenanza Municipal de Terrazas de Veladores (OMTV) cuyo visto bueno definitivo se producirá la próxima semana, en la correspondiente Comisión de Servicios a la Ciudad. En palabras del alcalde, Ángel Viveros, lo que se persigue con estas modificaciones “teniendo en cuenta el tremendo golpe económico que ha supuesto para este sector en nuestra ciudad esta situación de pandemia, es corregir determinadas cuestiones que consideramos no se ajustan a la realidad actual y a esa nueva normalidad que está cada vez más próxima y a la que nos tenemos que adaptar poco a poco”. Además, el regidor ha querido dejar claro que “estos cambios se han adoptado teniendo en cuenta las opiniones de los propietarios y propietarias de locales de hostelería y restauración, como no podía ser de otra manera”. De este modo, entre otras cosas, la Ordenanza establecerá, por ejemplo, la necesidad de la autorización preceptiva (licencia de obra menor) para la disposición de toldos en las fachadas de estos establecimientos. Asimismo, se corrige la actual limitación de superficie de terrazas que no dispongan de fachada suficiente, de manera que, cuando esté aprobada la modificación, no se requerirá autorización expresa del local colindante. La normativa actual, como ha recordado el concejal de Política Territorial, José Sousa, hasta ahora “había originado hasta ahora situaciones de abuso muy preocupantes”. El edil también ha explicado que se “exigirá el respeto de un ancho mínimo en las aceras, algo que no contempla la actual Ordenanza y que se refiere a una cuestión de justicia como es la no discriminación para el acceso a los espacios públicos y la seguridad de unas condiciones básicas de accesibilidad”. Una de las reivindicaciones más repetidas por el sector es la de permitir la colocación en las terrazas de equipos audiovisuales como proyectores y televisores. La modificación lo recoge siempre con el volumen apagado para no generar molestias. Asimismo, se podrán instalar zonas de terraza en espacios libres no pavimentados y sin tratamiento de área ajardinada. El regidor cosladeño, Ángel Viveros, ha afirmado que “las circunstancias actuales nos llevan a adoptar estos cambios que se han convertido en necesarios para el presente y el futuro. No obstante, con respecto a las consecuencia de esta pandemia, el objetivo y para ello trabajamos y esperamos poder anunciarlo la próxima semana, es que a lo largo de este año queden exentas de la tasa municipal las terrazas que instalen establecimientos hosteleros de nuestra ciudad”. Al margen de las modificaciones anteriores y otras que se adoptarán a corto plazo, en los cambios que se introducen ahora en la Ordenanza Municipal de Terrazas de Veladores de Coslada, también es preciso subrayar la mejora y simplificación en la tramitación de los expedientes de renovación anual de este tipo de espacios. La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha aprobado la propuesta de la Concejalía de Urbanismo sobre los criterios mínimos a los que se deberá ajustar la instalación de veladores y pérgolas en la vía pública durante la situación excepcional motivada por el COVID-19. Por un lado, desde la Concejalía se quiere hacer hincapié en que no será necesario solicitar ninguna autorización ni efectuar ninguna comunicación para la reapertura de la terraza cuando, dentro de la superficie autorizada, se instale el 50% de las mesas permitidas en la licencia vigente. Por el contrario, sí necesitará autorización la ampliación de la superficie ya concedida para la temporada 2019, sin que suponga aumento del número de veladores ya concedidos; la ampliación del número de veladores concedidos en 2019 y la instalación de terrazas temporales. Para llevar a cabo cada una de estas peticiones se deberá rellenar un formulario y adjuntar la documentación que se solicita en cada caso. Los formularios y los criterios mínimos exigidos estarán disponibles a partir del lunes en la página web del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Se podrán cumplimentar y entregar telemáticamente a partir del próximo lunes, 25 de mayo. Para cualquier duda se ha habilitado la dirección de correo electrónico veladores@ayto-alcaladehenares.es así como el teléfono 91.888.33.00 Ext: 4296. El concejal de urbanismo, Alberto Blázquez, ha explicado que tras presentar el interesado la documentación, "la Comisión Técnica creada al efecto estudiará las solicitudes de forma individual y pormenorizada y procurará resolverá con agilidad porque entendemos la situación actual". Asimismo, Blázquez ha recordado que se trata de "medidas extraordinarias acordadas con ocasión de COVID 19, la ampliación, por tanto, no será permanente sino que deriva de la situación de excepcionalidad y necesidad de distancia social". CRITERIOS GENERALES Ampliación de la superficie de terraza Distancia física entre mesas Mantenimiento de los itinerarios peatonales accesibles: Conformidad de colindantes Espacios de tránsito y zonas de acceso Afección a los Servicios Públicos Sombrillas Criterios Específicos Podrá autorizarse la ocupación de la banda de estacionamiento o calzada por una extensión longitudinal idéntica a lo que ocupa la terraza en la acera, cuando el espacio con que cuenta la terraza en la acera no es suficiente para que, en aplicación de estas medidas extraordinarias, pueda extenderse cumpliendo con las medidas de distanciamiento social previstas por la autoridad competente. Para el caso de la calzada, esta se utilizará en los horarios en los que esté limitado el acceso de vehículos. En todo caso, deberá garantizarse la seguridad vial y de los veladores, cumpliendo con las condiciones de seguridad, estabilidad y ornato público e impidiendo el acceso de personas de cualquier edad a la zona de circulación de vehículo, para lo cual se realizará la instalación precisa mediante plataforma provisional y desmontable a nivel de la acera, delimitada con una barrera física perimetral abierta hacia la misma, que permita el acceso seguro a los usuarios. Los elementos de protección permanecerán sin desinstalar durante todo el periodo de vigencia de estas medidas (excepto en el caso de posibles autorizaciones ubicadas en calzadas en horarios limitados). Se presentará compromiso por parte del solicitante de mantener estas condiciones durante el todo el periodo de la solicitud En cualquier, caso esta autorización requerirá informe previo y preceptivo del Servicio de Movilidad y de la Policía Local. Autorizaciones temporales en plazas ¿ bulevares Se debe evitar, en todo momento, el deterioro del pavimento (suelo granítico) en especial Plaza de Cervantes y calle Libreros, debiendo protegerse el mismo mediante la instalación de una protección adecuada, como moqueta o material impermeable". Autorizaciones temporales separadas por una calzada del local |