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17
Ene
2020
La Plataforma para la Protección Animal de Alcalá cree que el registro de ADN de perros “sólo tiene un afán recaudatorio” PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Sociedad Alcalá
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Foto cedida por CAMExplican que los Ayuntamientos no tienen competencias en la identificación de animales de compañía

"El Ayuntamiento de Alcalá de Henares, gobernado por el PSOE, ha iniciado la modificación de la “Ordenanza reguladora de tenencia y protección de los animales de compañía” para incluir en ella la identificación por ADN de los perros del municipio. La identificación por ADN, que no está recogida en la Ley 4/2016 de 22 de julio de protección de los animales de compañía de la Comunidad de Madrid, tiene un único objetivo recaudatorio mediante sanciones por la no recogida de heces en vía pública, lo que ya está regulado en dicha ley sin necesidad del ADN". Así de rotunda se muestra la Plataforma para la Protección Animal de Alcalá en un comunicado.

"La utilización del censo por ADN con la finalidad de reducir la presencia en las calles de los municipios ha quedado demostrado que no es efectiva, como demuestran los datos de Málaga, donde de 304 muestras recogidas, sólo 128 contenían ADN y, de ellas, tan solo 36 contenían material genético de perros registrados, debiendo el Ayuntamiento asumir el coste del análisis de esas 268 muestras no válidas o no relacionada con perros censados. A pesar de que aún no está definitivamente aprobada la modificación de la Ordenanza, y teniendo serías lagunas legales en cuanto a competencias en materia sancionadora, el Ayuntamiento ha sacado a concurso el contrato de Identificación Animal por unos 45.000 euros. Según dicho contrato el Consistorio asumirá los gastos de las pruebas donde no se pueda identificar al propietario de perro, y los propietarios de perros los que deberán costear la identificación por ADN, sean o no responsables de las heces abandonadas en las calles de nuestra ciudad, y el resto de la ciudadanía, tengan o no perros, quienes a través de sus impuestos costeen el contrato que ya se encuentra en vías de adjudicación", afirman.

"El Gobierno de Alcalá proclama otros objetivos de la identificación por ADN canino, como son localizar perros robados a los que se les ha extraído el chip, perros que hayan mordido o localizar al propietario de cachorros abandonados. Desde esta Plataforma animamos al consistorio a que comparta con todos los vecinos y vecinas los casos en que se ha localizado un perro robado, uno que ha mordido o al abandonador de camadas mediante el sistema de genotipado municipal de alguno de los municipios en los que ya se encuentra implantado. Erraremos poco en decir que ninguno. Esta Plataforma es consciente de la suciedad que se acumula en nuestro municipio, hasta tal punto de convertirlo en uno de los más sucios de España, y es consciente de que parte de esa suciedad viene de las heces caninas abandonadas en las calles por propietarios irresponsables. La identificación por ADN no solucionará el problema de la suciedad global de la ciudad, ni en particular el de las heces, simplemente es una medida populista para contentar a vecinos y vecinas que la reclaman pero que desconocen los problemas a los que se enfrenta dicha identificación genética a la hora de localizar a un perro desde una muestra de heces. Dicha problemática viene derivada de la poca carga de ADN endógeno, del propio perro, en las heces, del tiempo en que se va degradando el ADN con las inclemencias ambientales, contaminantes y del propio paso del tiempo. Las heces pueden perder la totalidad de la carga genética útil pasadas 48 horas, y recordamos que todas las muestras que no identifiquen a un propietario serán asumidas con el dinero de todos los vecinos de Alcalá, tengan o no perro", explican.

"Desde esta Plataforma recordamos al Ayuntamiento de Alcalá de Henares que la Ley 4/2016 de la Comunidad de Madrid en su artículo 12 sólo reconoce la identificación de perros, gatos, hurones, conejos y équidos mediante microchip homologado el cual debe ser inscrito en el Registro de Identificación de Animales de Compañía (RIAC), gestionado por el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid y que la vía reglamentaria a la que alude el artículo 12.1, en ningún caso es un reglamento ni ordenanza municipal, sino el Reglamento de Ley que desarrolle dicha Ley de Protección de los animales de compañía de rango autonómico y que aún se encuentra en fase de redacción. Es tanta la falta de competencia de la administración local en la identificación de los animales, mediante ADN u otro sistema, que los servicios jurídicos de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid emitió en 2016 un informe, que fue remitido a todos los municipios que querían realizar dicha identificación canina por ADN, donde dejaba meridianamente claro la falta de competencias municipales tanto en la identificación como en la capacidad sancionadora. Este informe motivó paralizar esta nueva identificación en Pinto, San Agustín de Guadalix y la propia Alcalá de Henares, entre otros. Desde la Plataforma instamos al Ayuntamiento de Alcalá de Henares a hacer públicos los informes vinculantes donde la Comunidad de Madrid le delegue o atribuya las competencias que pretende regular en la Ordenanza Municipal, al igual que un informe de los Servicios Jurídicos de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid donde quede claro, sin lugar a dudas, si este Ayuntamiento puede identificar perros mediante ADN", afirman.

"Esta Plataforma reitera la necesidad de poner fin a la suciedad provocada por las heces caninas siempre acorde a la ley y le recuerda al Ayuntamiento de Alcalá que la mejor fórmula para ello es dotar a la Policía Local de los medios materiales y humanos para perseguir cualquier infracción recogida en la legación vigente. Uno de los primeros puntos donde debería aplicarse este esfuerzo sería en la detección de animales sin identificar según marca la ley que campan a sus anchas en nuestro municipio. ¿De verdad cree el Ayuntamiento que la gente que no identifica mediante microchip a sus perros, obligatorio desde hace treinta años en nuestra comunidad autónoma, va a realizar la prueba de ADN? Otra medida sería realizar campañas informativas y de concienciación y, en último término, intensificar la vigilancia en las zonas conflictivas, sancionando a los propietarios que no recojan las heces y, a su vez, comprobando si los animales que pasean están identificados tal y como marca la ley", concluyen.

 

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