11
Nov
2011
El PSOE de Arganda niega la condena en costas y no descarta la vía contencioso-administrativa Imprimir
Zona Este - Arganda del Rey
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Según el PSOE, no hay condena en costasAfirman que el comunicado “falta manifiestamente a la verdad”

Horas después de que el comunicado popular en que se pedía la dimisión de Vicky Moreno como portavoz socialista por la inadmisión judicial de dos recursos, era el PSOE de Arganda el que respondía en otro comunicado. Los socialistas afirman que el comunicado popular “falta manifiestamente a la verdad”, pues el auto judicial no condena en costas a la portavoz.

Los socialistas recordaban el caso al que se refería el primer auto, y afirmaban no descartar la vía contencioso- administrativa, una vez que la penal está descartada: “La denuncia presentada por el Grupo Municipal Socialista en relación al procedimiento por el que el Ayuntamiento solicitó un crédito de casi 16 millones de euros en 2008 para, al parecer, pagar las obras de la AR30 nunca calificó el tipo de delito o irregularidad y se limitó a poner en conocimiento de la fiscalía hechos relacionados con este procedimiento. El auto de la Sección Cuarta de la Audiencia provincial desestima la comisión de un delito por parte del Equipo de Gobierno porque dice textualmente que: “el sistema penal de control social sólo puede actuar frente a agresiones graves de los principios de la actuación de la Administración, no contra meras irregularidades e ilegalidades que contarán su mecanismo de control en el orden Contencioso-Administrativo (…)”  El auto, por tanto, no avala el procedimiento utilizado ni quita la razón al Grupo Socialista, señala que no hay delito y nos recomienda la vía contencioso-administrativa; cuestión que estamos considerando”

Pero el auto de inadmisión de este primer asunto es motivo de polémica por otra razón: los populares afirmaban que el juez de instrucción condena en costas al PSOE argandeño, algo que desde la formación niegan: “El PP de Arganda falta flagrantemente a la verdad cuando dice que el Grupo Socialista ha sido condenado en costas como se puede apreciar al final del auto, que las declara de oficio”. Costas de oficio es una fórmula jurídica establecida en el artículo 242 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que, básicamente, se resume en que cada una de las partes pague a su propio abogado.

Sobre el segundo auto que, según el PP argandeño, también ha sido desestimado, los socialistas afirmaban: “sobre el contencioso interpuesto por vulneración del derecho fundamental al ejercicio de la acción política del Grupo Municipal Socialista respecto al impago de parte de la asignación de ejercicios anteriores, este Grupo Municipal está pendiente de fijación de la fecha de la vista que estando prevista para el pasado 19 de septiembre hubo de aplazarse por enfermedad de nuestro letrado. Desconocemos el origen de las afirmaciones que al respecto hace el PP de Arganda y no nos consta su veracidad”.