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07
Ene
2017
La Comunidad anula la fecha de caducidad de la tarjeta sanitaria PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por CAMLa vigencia es indefinida desde el pasado 1 de enero

Queda sin efecto la fecha de caducidad que hasta ahora venía figurando en las tarjetas sanitarias de la Comunidad de Madrid, un paso más en la simplificación de los trámites administrativos con el ciudadano, que también supondrá para la administración una importante reducción de los costes de emisión del documento. Además, se mantiene la emisión de documentos de atención sanitaria para inmigrantes y personas sin recursos.

La vigencia de la Tarjeta Sanitaria Individual (TIS) de la Comunidad de Madrid se ha reconvertido en indefinida desde el uno de enero de este año, quedando sin efecto la fecha de caducidad que hasta ahora figuraba en este documento que da acceso a las prestaciones de la sanidad pública madrileña. Con esta medida, la Comunidad de Madrid da un paso más en su apuesta por eliminar y simplificar los trámites administrativos con el ciudadano, a la vez que supondrá una importante reducción de los costes al aminorar a su vez la emisión del documento.

La iniciativa, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, está recogida en la Orden 1296/2016, de 30 de diciembre por la que se regula el contenido y la expedición de la Tarjeta Sanitaria Individual de la Comunidad de Madrid, cuya validez estará vinculada a la condición de asegurado o beneficiario como marca la normativa estatal.

Otro de los aspectos que se regula es el nuevo formato de la Tarjeta Sanitaria que incluirá en el reverso una banda magnética con tres bandas de información sanitaria. La Consejería de Sanidad irá sustituyendo progresivamente las tarjetas sanitarias actualmente existentes por aquellas adaptadas al nuevo modelo.

También, la normativa autonómica regula los “documentos sanitarios específicos” que se mantendrán para determinados colectivos como personas no aseguradas en situación de exclusión social, inmigrantes y desplazados temporales de otras comunidades, y a fin de garantizar el acceso a la asistencia sanitaria en la región madrileña.

De hecho, la sanidad pública madrileña, y desde agosto 2015, atiende con carácter gratuito a todas las personas que se encuentren en situación irregular y en las mismas condiciones que los beneficiarios del Sistema Nacional de Salud, con la asignación de un código denominado DAR. En esta situación se encuentran 14.233 personas. Con este código los extranjeros, regularizados o no, que vivan en la Comunidad de Madrid tienen derecho tanto a asistencia sanitaria en los centros públicos de la región, como a recetas con un 40% de aportación (el porcentaje más bajo que se puede aplicar).

En la Comunidad de Madrid la tarjeta sanitaria se solicita en los centros de salud y consultorios del Servicio Madrileño de Salud, acreditando el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud y certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad, salvo en Madrid capital, dado que los centros de salud lo pueden verificar de manera telemática.

Además, aquellos ciudadanos que dispongan de certificado electrónico o DNI electrónico, pueden solicitar la tarjeta sanitaria por vía telemática. Una vez emitida la tarjeta sanitaria llega directamente al interesado por correo postal, a la dirección aportada por el ciudadano, en un plazo inferior a 3 meses.

Sanidad recuerda que siempre que cambie de domicilio, teléfono u otros datos aportados para la emisión de su tarjeta sanitaria es necesario que lo comunique de forma inmediata- de forma presencial, en su Centro de Saludo a través del procedimiento telemático con certificado digital o DNI electrónico.

 

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