15
Abr
2019
Garrido aprobó un nuevo Reglamento del Taxi y otro sobre Colegios Concertados en su último Consejo de Gobierno Imprimir
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Foto cedida por CAMLa gentrificación, el Cheque-Bachillerato, los locales de apuestas y la gratuidad de escuelas públicas, también en la sesión

El Consejo de Gobierno ha aprobado la inversión de 4.500.000 euros para la concesión de las becas para los alumnos que hayan estudiado 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Madrid y que soliciten cursar 1º de Bachillerato en un centro privado de la región. La estimación inicial es de 1.500 beneficiarios para el próximo curso y 3.000 para el 2020/21.

Los requisitos para solicitar estas ayudas son estar matriculado o tener reserva de plaza; no ser repetidor de 1º de Bachillerato; y no superar el límite de renta per cápita familiar de 10.000 euros. De esta manera, el Ejecutivo regional pretende paliar los obstáculos económicos que puedan tener algunas familias para garantizar que sus hijos -que finalizan los estudios obligatorios-, continúen  Bachillerato en el centro de su elección. De esta forma, se garantiza la libertad de elección de centro y el pleno derecho a la educación sin restricciones derivadas de la situación económica de la familia.

Además, se beneficiará a las personas que tengan una discapacidad, debidamente acreditada, igual o superior al 33 %, o que acrediten la condición de víctima de violencia de género, víctima del terrorismo, estar sujeto a protección internacional o cuando el alumno para el que se solicita la beca se encuentre en situación de acogimiento familiar.

El Cheque-Bachillerato se concederá en función de la puntuación obtenida y que será de 4 puntos para rentas per cápita de hasta 5.000 euros; 2,5 puntos para rentas per cápita de entre 5.000 y 7.500 euros; y de 1 punto para rentas de entre 7.500 y 10.000 euros. Además, si el alumno ha realizado 4º de ESO en el mismo centro en el que va a cursar Bachillerato se le concederá otro punto. La cuantía de las becas será de un máximo de 3.000 euros anuales por beneficiario y se concederá para el periodo escolar comprendido entre el 1 de septiembre de 2019 y el 30 de junio de 2020.

Las ayudas podrán solicitarse en los próximos días, una vez sea publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y los interesados podrán encontrar toda la información al detalle en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).

Los Cheques-Bachillerato suponen un nuevo impulso para la libre elección de educación por parte de las familias, uno de los pilares fundamentales del sistema educativo de la Comunidad de Madrid.

El Consejo de Gobierno regional ha aprobado el Decreto que regula la actividad de las Viviendas de Uso Turístico (VUT) y los apartamentos turísticos en la Comunidad de Madrid desde su primer día de actividad. El objetivo fundamental de este Decreto es actualizar el vigente, mejorándolo, y ordenar una actividad que no puede ser prohibida.

La Comunidad de Madrid, administración competente en el ámbito turístico en la región, prevé con este nuevo Decreto dar seguridad y certidumbre tanto a los usuarios de este servicio como a los propietarios de inmuebles que pongan en el mercado sus viviendas. También al conjunto del sector turístico y a los vecinos, que tienen derecho al descanso en su convivencia con estas viviendas.

La Comunidad de Madrid ha abordado y concluido una reforma del Decreto actual, de 2014, ciñéndose a las competencias turísticas autonómicas, a la legislación vigente y a los pronunciamientos judiciales en toda España. Además, durante su tramitación, la Comunidad remitió el borrador de la nueva normativa a la Comisión Europea, que lo avaló al no plantear ninguna observación al texto, que fue además explicado por el Ejecutivo regional a las autoridades europeas.

Control desde el primer día y certificado de idoneidad

La Comunidad de Madrid, en la nueva regulación, elimina el plazo de tres meses (90 días) para que un inmueble sea considerado Vivienda de Uso Turístico. De este modo, desde el primer día de actividad pasan a tener esa consideración los pisos, estudios, apartamentos o casas que, de forma habitual, sean comercializados para ser alquilados en su totalidad con fines de alojamiento turístico.

Los propietarios de una Vivienda de Uso Turístico deberán, por tanto, dar de alta su VUT ante la Comunidad de Madrid desde el primer día que ésta se ponga a disposición de los turistas.

Para ello, los propietarios deberán presentar una declaración responsable de inicio de actividad y un Certificado de Idoneidad (CIVUT), un documento técnico que deberá ser emitido por un arquitecto o arquitecto técnico competente. La finalidad del CIVUT es garantizar al usuario de la vivienda que ésta cumple los requisitos fijados por la normativa. Se ofrece así seguridad a los consumidores, pero también a los propietarios y al vecindario.

El CIVUT, que deberá estar a disposición de los usuarios, acreditará que la vivienda ofertada dispone de calefacción; suministro de agua, ventilación; extintor; señalización de emergencia y plano de evacuación del edificio y de la vivienda.

Ratio por metro cuadrados

Para garantizar la seguridad, el Decreto establece también la obligación para los propietarios de los establecimientos turísticos de remitir a la Policía y Guardia Civil la información relativa a la identidad de las personas alojadas.

Además, los arrendadores deberán contratar un seguro de responsabilidad civil; poseer hojas de reclamación; disponer de información con teléfonos y dirección de los servicios de emergencia y sanitarios en al menos dos idiomas.

La nueva regulación también hace hincapié en la necesidad de que los propietarios informen a los turistas sobre los derechos, deberes y normas de convivencia que deben evitar el mal uso de estos servicios.

Con el objetivo de ordenar la actividad turística y evitar aglomeraciones en las Viviendas de Uso Turístico se fija una ratio máxima de personas alojadas en función del número de metros cuadrados útiles de la vivienda.

Así, en viviendas inferiores a 25 metros cuadrados útiles se podrán alojar hasta dos personas; en viviendas de entre 25 y 40 metros cuadrados útiles podrán alojarse hasta cuatro personas en al menos dos piezas habitables y por cada 10 metros cuadrados útiles adicionales en al menos una pieza habitable más independiente, se permitirán dos personas más. Una vez publicado este Decreto, los propietarios de Vivienda de Uso Turístico tendrán seis meses de plazo para adaptarse a la nueva norma.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el decreto que regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil 0-3 años en los centros públicos madrileños. El texto garantiza que la escolaridad en las Escuelas Infantiles públicas de la región sea gratuita a partir del próximo curso escolar 2019/20.

Esta medida beneficiará a las alrededor de 50.000 familias que se prevé que escolaricen a sus hijos de hasta 3 años de edad en los centros de titularidad pública a partir del próximo curso escolar, y que no tendrán que abonar ninguna cuota de escolarización sino únicamente los gastos por el horario ampliado o los servicios de comedor. Estos precios se aprobarán próximamente antes del inicio del nuevo curso escolar.

La Comunidad de Madrid invertirá cerca de 53 millones de euros en 2019 para que esta escolaridad en las Educación Infantil pública madrileña sea gratuita. Esta medida beneficiará a los alumnos del primer ciclo de Educación Infantil en los centros de titularidad autonómica, municipal y de otras instituciones con las que se mantienen convenios de colaboración.

En la actualidad, la Comunidad de Madrid cuenta con 397 centros educativos de la Red Pública para niños de 0 a 3 años, de los que 261 son Escuelas Infantiles (135 autonómicas y 126 municipales y de otras instituciones) y 136 Casas de Niños (7 autonómicas y 129 municipales). Esta medida se aplicará también en otras 45 Escuelas Infantiles en convenio con la Comunidad.

Para hacer posible esta iniciativa, la Comunidad de Madrid colaborará con los ayuntamientos y otras instituciones financiando la mayor parte de los gastos de gestión y de personal de las Escuelas Infantiles. En el caso de los centros de titularidad propia, el Ejecutivo madrileño asumirá el coste de la gratuidad de la escolaridad.

Cuando las Escuelas Infantiles sean de titularidad municipal y el ayuntamiento respectivo tenga un convenio vigente, el Gobierno regional asumirá igualmente el coste de la gratuidad de la escolaridad. Para ello, incrementará los porcentajes de financiación que aporta para los centros de titularidad municipal y que podrán alcanzar hasta el 79 % en el caso de los municipios con más 6.000 habitantes y hasta el 88 % en el caso de los municipios de menor tamaño. Además, la Comunidad aportará el 100 % de los módulos de financiación aplicables a las Casas de Niños de titularidad municipal.

Cheques de Educación Infantil

Además de la gratuidad de las Escuelas Infantiles, la Comunidad de Madrid facilita la conciliación familiar y laboral a través de los conocidos como cheques de Educación Infantil, a los que destinará 36.650.000 euros para el próximo curso, lo que permitirá conceder hasta 33.300 ayudas económicas a niños madrileños de entre 0 y 3 años.

Las cuantías de las becas serán de 100 o de 160 euros mensuales en función de la renta y, en su concesión, se tendrá especialmente en cuenta a las familias en las que trabajen ambos cónyuges, con el objetivo de fomentar la conciliación familiar y laboral.

Estas ayudas están destinadas a las familias cuyos hijos hayan nacido antes del 1 de noviembre de 2018 y vayan a matricularse en cualquiera de los cursos del primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada autorizados por la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid reforzará las sanciones a los salones de juego y locales de apuestas en los que se detecte la presencia de menores de edad y de personas inscritas en el registro de prohibidos. Estas infracciones serán sancionadas con baremos más altos contemplados en la normativa, según fijará una instrucción de la Dirección General de Juego.

Estas sanciones alcanzarán los 9.000 euros por menor y podrían acarrear incluso la suspensión de la actividad de los locales durante seis meses. En caso de reincidencia, las infracciones se catalogarán como muy graves y las suspensiones podrían extenderse a cinco años.

Esta iniciativa se suma a las medidas contempladas en el nuevo Decreto del Juego, que el Consejo de Gobierno ha acordado hoy remitir a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid. Una que vez que esta Comisión analice el texto lo devolverá al Consejo de Gobierno, en el plazo máximo de un mes, para  proceder a su aprobación definitiva y entrada en vigor.

El Decreto fija una distancia mínima de 100 metros entre los locales de apuestas y los centros educativos de enseñanza no universitaria, además de refuerzan los controles y las sanciones para evitar el acceso a estos locales y salones de juego tanto de los menores de edad como de las personas inscritas en el registro de prohibidos.

Además, aumentan los controles de acceso a los salones de juego y locales de apuestas, en línea con lo establecido para los casinos y bingos de la región. Para ello, estos establecimientos tendrán que habilitar un servicio físico de admisión y registro en la entrada. Los propietarios de estos negocios tendrán un plazo de seis meses para acondicionarlos para tal fin, período que se podrían ampliar a tres meses más si hay que proceder a reformar el local.

El nuevo Decreto también impedirá la rotulación de salones de juego y locales de apuestas con modalidades de juegos no autorizados en los mismos, como casinos, ruleta, etc.

La nueva normativa también incluye otros aspectos de cara a aumentar la seguridad y la protección a los menores. Así, se ha modificado la regulación de la exclusión de las máquinas con juegos infantiles o deportivos que conceden vales, fichas o elementos canjeables por regalos para prohibir aquellas que presenten una apariencia similar a las máquinas de juego para adultos.

Prevención de ludopatía y refuerzo de inspecciones

El nuevo Decreto establece, además, que el 0,7 % de la recaudación impositiva procedente del juego se destine a políticas de prevención y tratamiento de ludopatía por parte de la Administración regional. Este porcentaje puede suponer alrededor de 1,2 millones de euros anuales.

Todas estas medidas se complementan con un incremento de la plantilla de inspectores de juego de la Comunidad de Madrid con tres nuevos puestos que se convocarán próximamente para su provisión.

La Comunidad de Madrid ha aprobado el Decreto sobre convivencia escolar que refuerza la normativa en la lucha contra el acoso escolar en todos los colegios públicos y concertados e institutos de la región. El nuevo Decreto, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno y que estará en vigor para el próximo curso 2019/20, define los diferentes tipos de faltas y cómo actuar ante cada uno de ellos. Además, establece un marco regulador para que cada centro escolar disponga de su propio plan de convivencia y de una comisión que garantice su cumplimiento.

Con esta nueva normativa el Gobierno de la Comunidad de Madrid dispone un marco regulador que permite a los centros escolares elaborar su propio plan de convivencia, así como la normativa que asegure su cumplimiento. Las medidas incluyen a la totalidad de la comunidad educativa, haciendo especial hincapié en la prevención y la resolución de conflictos en el seno de los centros.

Comisiones de convivencia

El Decreto regula las comisiones de convivencia, que tendrán entre sus funciones la de elaborar el plan que promueva en cada centro, el buen clima escolar y facilite la prevención, detección, intervención y resolución de los conflictos. Este documento, que se incorporará al proyecto educativo del centro, dará instrucciones claras sobre los procedimientos para prevenir y actuar contra la violencia en las aulas, el acoso escolar y la LGTBIfobia.

Además, la comisión elaborará al final de cada curso una memoria con los objetivos conseguidos, las actuaciones realizadas y sus conclusiones. Finalmente, este equipo de trabajo analizará durante el primer mes de cada curso escolar las propuestas de modificación del plan de convivencia que se hayan recogido en la memoria, con el fin de incluir las que consideren convenientes.

Conductas que afectan a la convivencia

El Decreto incluye las conductas contrarias a las normas de convivencia, que serán de tres tipos. Las leves se corregirán de forma inmediata por alguno de los profesores del centro mediante una amonestación verbal, la expulsión de una clase o actividad, o realizando algún tipo de tarea que mejore el entorno del centro.

Las faltas de asistencia reiteradas sin justificar, la desconsideración con los compañeros o la participación en riñas, entre otras, serán consideradas conductas graves. En estos casos, el alumno podrá ser expulsado de clase, de las actividades extraescolares o incluso del centro por un tiempo máximo de seis días lectivos.

Por último, se considerarán faltas muy graves el acoso físico o moral a los compañeros, las amenazas o los insultos a los profesores, los actos de intimidación o violencia, la grabación y difusión de agresiones o humillaciones o la discriminación por cualquier razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual u opinión, entre otras. Este tipo de acciones se corregirán con la realización de tareas, la prohibición de participar en ciertas actividades, cambio de grupo, expulsión de determinadas clases, o expulsión temporal o definitiva del centro.

Serán los propios centros los que determinen la gravedad de las conductas y, por lo tanto, las medidas que se aplicarán al alumno implicado. Cuando se produzca alguno de estos casos, el centro abrirá un expediente y designará a un profesor que será el instructor encargado de recopilar toda la información, trasladársela a los padres y adoptar una resolución en un plazo máximo de 18 días.

La resolución se le comunicará al alumno, a la familia, al Consejo Escolar, al claustro de profesores y al Servicio de Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid. En todos los casos se preservará el derecho de los estudiantes a la educación obligatoria y se valorarán la edad, la situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno y cualquier otro factor que pueda haberle conducido a actuar de esa manera.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto que regula el régimen de conciertos educativos en la región. Este texto responde a la necesidad de que la Comunidad de Madrid disponga de su propia norma reglamentaria, siempre dentro del límite competencial atribuido a las Comunidades Autónomas por la Ley Orgánica de Educación, y desde la experiencia conjunta adquirida con los más de quinientos centros privados concertados en la región.

El Decreto –que estará en vigor para el próximo curso 2019/20- concreta diversos aspectos que establece el Reglamento de Normas Básicas de 1985, además de adaptar las necesidades actuales manifestadas por la comunidad educativa. Se trata de la primera vez que la Comunidad de Madrid aprueba un decreto que regula el ordenamiento de estos conciertos.

Este texto también pone de manifiesto el reconocimiento a la libertad de enseñanza y a la libertad de elección de centro y la complementariedad con la oferta de los centros públicos. Durante este curso escolar, el 30 % de los alumnos madrileños, alrededor de 365.000, cursan estudios en centros concertados por la Comunidad de Madrid.

Según se recoge en el Decreto aprobado hoy, el criterio principal para el acceso al régimen de conciertos seguirá siendo la demanda de este tipo de educación por parte de las familias madrileñas. Asimismo, el nuevo texto ratifica una serie criterios adicionales de preferencia. El primero de ellos tiene como beneficiarios a aquellos centros que atiendan a poblaciones escolares de condiciones económicas desfavorables. En esta misma situación, se encuentran aquellos centros que desarrollen proyectos de interés pedagógico, y en especial, los relacionados con la atención de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.

Una vez aplicados los criterios anteriores, se considerarán con carácter preferente en los accesos a conciertos educativos los centros que funcionen en régimen de cooperativa, entidades sin ánimo de lucro, y los que acrediten experiencia como titular de otros centros docentes autorizados por la Administración de, al menos, dos cursos académicos.

Régimen de actividades complementarias

El nuevo Decreto subraya los principios básicos que regulan el régimen de las actividades complementarias, extraescolares y los servicios complementarios. Y  recuerda a los centros la imposibilidad de que pueda imponerse a las familias la obligación de hacer aportaciones económicas a fundaciones o asociaciones, o destinadas a servicios obligatorios asociados a las enseñanzas.

Además, la Comunidad insta a los centros a garantizar la claridad y transparencia en las informaciones acerca de las actividades a las familias a través de cualquier medio de comunicación oficial.

A través del documento también se establecen aspectos como la vigencia de los conciertos educativos, que en todas las etapas educativas será de seis años, su ejecución, modificación y renovación.

El Consejo de Gobierno regional ha aprobado el decreto que da luz verde al nuevo Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo, elaborado con el objetivo de impulsar medidas acordes con la nueva situación que vive el sector del taxi, mejorando de esta forma la competitividad de los profesionales del taxi y luchando contra el intrusismo y la competencia desleal.

Con este nuevo texto, que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), culmina un proceso que se ha desarrollado durante los últimos meses a través de distintas reuniones con todas las asociaciones representativas del sector: Federación Profesional del Taxi (FPT), Asociación Gremial de auto Taxi de Madrid (AGATM), Asociación Madrileña del Taxi (ATM), Asociación Élite Taxi Madrid y los representantes de los profesionales que ofrecen sus servicios fuera del Área de Prestación Conjunta.

Estos encuentros han permitido conocer las demandas y necesidades del sector, que el Gobierno regional ha incorporado a la nueva reglamentación. Así, atendiendo a estos requerimientos, el texto que se aprueba hoy persigue el objetivo de actualizar y modernizar el taxi, un sector fundamental de la economía madrileña que suma cerca de 16.000 licencias en toda la región, que genera 1.000 millones de euros anuales y del que dependen alrededor de 100.000 personas.

Esta modernización se consigue introduciendo una mayor racionalización y flexibilización de los servicios que prestan estos profesionales –fuertemente regulados en comparación con otras modalidades de transporte de viajeros en turismo–, lo que redundará en una mayor competitividad del sector y en una mejor oferta para los usuarios.

El nuevo reglamento, teniendo en cuenta la cada vez más frecuente utilización de medios tecnológicos, recoge la posibilidad de establecer tarifas máximas que permitirán ofrecer al usuario un precio fijo y cerrado antes de comenzar el servicio.

Además, se permitirá que los servicios precontratados puedan ser realizados por plaza y pago individual, lo que abre la puerta a prestar servicios de taxi compartido entre varios usuarios. También se podrá recoger a viajeros en municipios distintos de aquellos en los que estén domiciliadas las licencias siempre que el destino sea el municipio que la ha concedido.

Asegurar la rentabilidad de la actividad

El Decreto introduce también medidas para combatir el intrusismo y la competencia desleal entre empresas, con nuevas causas de extinción de las licencias municipales. Unas licencias municipales para las que los distintos ayuntamientos de la región, si así lo estiman conveniente en función de sus necesidades y características, podrán establecer planes de amortización que permitan garantizar tanto la prestación del servicio a los usuarios como la rentabilidad de la actividad para los profesionales del taxi.

Otras de las medidas que recoge el nuevo texto se refieren a la simplificación de los requisitos exigidos para obtener las licencias de taxi –eliminando así cargas burocráticas–, el tipo de documentación que los taxistas deben llevar a bordo obligatoriamente o la posibilidad de realizar el pago del servicio mediante tarjeta de crédito o débito, una opción que ya ofrecen la mayoría de autotaxis y que ahora se incorpora a la reglamentación.

FACUA Madrid critica la normativa que ha aprobado finalmente la Comunidad de Madrid para regular el sector del taxi por dejar fuera aspectos fundamentales para la protección de los derechos de los usuarios. Así, a pesar de que el texto inicial presentado incluía aspectos como la obligatoriedad de los vehículos de llevar tique y terminal de pago con tarjeta, finalmente estos dos elementos han quedado fuera de la regulación aprobada.

La asociación considera que la actualización de un servicio que debe adaptarse a las nuevas necesidades de los usuarios no puede ir en detrimento de la protección de los derechos de los mismos y que precisamente ha sido esta una oportunidad perdida para reforzarlos. Es fundamental actualizar el marco de obligaciones del sector del taxi a fin de garantizar un servicio de calidad a los usuarios, valora FACUA Madrid.

El Decreto 35/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo ha sido aprobado esta semana. FACUA Madrid valora positivamente que el reglamento sí incorpore la posibilidad de la contratación telemática, esto es, a través de una página web o una aplicación en el teléfono móvil, algo que puede ser beneficioso para los usuarios, así como la posibilidad de ofrecer tarifas cerradas de antemano para un trayecto concreto que puedan incluir descuentos, siempre dentro del marco de las tarifas reguladas que se establecen desde los municipios.

La asociación también aplaude la decisión de hacer público el registro municipal de licencias, como una decisión que permitirá una mayor transparencia para el sector y la ampliación de plazas por vehículo (que hasta ahora tenía un límite de cinco plazas por vehículo y ahora será de nueve, incluido el conductor).

FACUA Madrid advierte, en cualquier caso, de que es necesario seguir garantizando un servicio de taxis con obligaciones de servicio público y tarifas máximas reguladas, cuyo cumplimiento sea controlado por las administraciones.