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08
Mar
2020
La justicia devuelve los días de vacaciones a los trabajadores de Madrid Digital PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por CSITSegún CSIT, la Comunidad decidió no aplicar el convenio colectivo cuando extinguió ICM

CSIT UNIÓN PROFESIONAL consigue que la Justicia dé la razón a los casi 700 trabajadores de Madrid Digital (extinto ICM) y recuperar, de este modo, su derecho a los días de vacaciones y de asuntos propios que este Organismo Autónomo de la Comunidad de Madrid les había negado por aplicar incorrectamente el RDL 10/2015 de 11 de septiembre, en su disposición adicional 1ª, obviando los derechos contenidos en su Convenio Colectivo.

A finales del año pasado, CSIT UNIÓN PROFESIONAL interponía demanda de conflicto colectivo para lograr el reconocimiento de esos días incluidos en el III Convenio colectivo de la Agencia Informática y Comunicaciones de la CM (Artículos 44 y 48), que regula los derechos y garantías laborales del colectivo y que es de aplicación a todos los trabajadores laborales fijos y temporales que prestan sus servicios en Madrid Digital de la Comunidad de Madrid, alrededor de unos 700 trabajadores.

En su fallo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a Madrid Digital a devolver al personal afectado el día por vacaciones y los dos días por asuntos propios reconocidos en el Convenio Colectivo, anteriormente citado, pero sin aplicar.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL criticamos la diligencia que practica la CM para la aplicación de la normativa cuando se trata de recortar derechos a sus empleados públicos, y su ausencia de aplicar la norma cuando se trata de devolver derechos a sus trabajadores. De esta forma, esta Organización Sindical se ve en la obligación de judicializar las constantes aplicaciones incorrectas de la normativa laboral, circunstancia que provoca numerosas situaciones injustas para los empleados públicos.

Este Sindicato subraya que, a pesar de tener en contra tanto a la Administración, como a algunas organizaciones sindicales, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha conseguido, año tras año, que los tribunales, nos den la razón, reconociendo, por ejemplo, el derecho del personal laboral que presta sus servicios en los distintos centros de trabajo de la Agencia Madrileña de Atención social, AMAS, al disfrute como permiso retribuido y no recuperable de los días de asuntos particulares, igual que vienen disfrutando de ellos durante los últimos años el resto de empleados públicos de la Comunidad de Madrid. Asimismo, cabe destacar que, tras conocer el informe del Ministerio de Hacienda (el pasado mes de mayo), que reconoce el cumplimiento de la regla de gasto público de la CM, este Sindicato solicitaba la urgente convocatoria de la Mesa General de Empleados Públicos de la CM para la aplicación inmediata de la jornada de 35 horas de promedio semanal, esperando que, dado que no existe impedimento legal alguno, la Administración autonómica madrileña procediera a devolver la jornada de 35 horas con la misma rapidez que procedió a quitarla con la excusa de la crisis económica.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL continuaremos trabajando por la defensa de los derechos de los empleados públicos, denunciando, con todos los instrumentos y medios a nuestro alcance, en los centros de trabajo, en las mesas de negociación pertinentes y en los tribunales, los abusos cometidos por parte de esta Administración.

 

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