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09
Abr
2020
Denuncian ante Inspección de Trabajo la paralización de contrataciones de profesores interinos PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por CCOO MadridCCOO considera que la Consejería no lo justifica con argumentos legales

CCOO sigue plantando cara en los tribunales y ante la autoridad laboral contra el cese del profesorado interino y la suspensión de los llamamientos para la sustitución de bajas por enfermedad, jubilaciones o licencias y permisos del profesorado de centros públicos. Por ello, presentó este martes, 7 de abril, una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por la gravísima decisión adoptada el 10 de marzo de 2020 por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud de no contratar al funcionarios y funcionarias en régimen de interinidad para cubrir las bajas durante el periodo de crisis ocasionado por el COVID-19.

La Consejería anuló los llamamientos que estaban ya convocados para la semana del 9 a al 13 de marzo y ordenó no realizar más. Es decir, que su criterio consiste en no sustituir al profesorado funcionario que se halle de baja en estos días, pese a que por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, se ha ordenado al profesorado continuar las clases a distancia u on line (artículo 9), lo que conlleva, obviamente, dotar a los centros del profesorado de todas las áreas y materias.

La Consejería de Educación incluso se ha permitido difundir mensajes públicos en los que informa de que ha ordenado la paralización de los llamamientos que requieren trámites presenciales para garantizar la salud pública, cuando ninguno de estos trámites los requiere. Es más, el funcionariado, según el artículo 14 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común exige que dichos trámites sean telemáticos.

CCOO está denunciando esta decisión por todas las vías posibles conforme al Estado de Derecho. Presentó inmediatamente un recurso por vulneración del derecho fundamental a la educación contra la Resolución del director general de Recursos Humanos del día 10 de marzo de 2020 por la que se decidió esta suspensión. Se trata de los pocos procedimientos que están siendo admitidos a trámite en estos días en que rige el estado de alarma, dado que se trata de una vía de recurso especial, preferente y sumario. La situación es muy grave, dado que se ha decidido por la Administración privar de clases a un número importante de alumnos y alumnas de los centros públicos, privándoles injustificadamente y arbitrariamente de su derecho fundamental a la educación que está garantizado por el artículo 27 de la Constitución, lo que justifica la utilización de este recurso especial.

Por otra parte, también se ha presentado contra esta Resolución de 10 de marzo de 2020 un recurso por la vía administrativa ordinaria por contravenir la legalidad vigente, que seguirá los trámites habituales, si bien considerando que la suspensión de los plazos administrativos puede dilatar el tiempo de tramitación y respuesta.

En ambos casos, se solicita, como consecuencia de la anulación de la Resolución de 10 de marzo de 2020, la contratación de los interinos e interinas que hubieran sido llamados con efectos retroactivos y de los que hubieran sido necesarios para cubrir las bajas que se están produciendo durante estos días de expansión de la pandemia y el consiguiente abono de los salarios.

CCOO apoyará, también, las acciones individuales que deseen plantear los interinos e interinas afectadas, para lo que es necesario que cada afectado o afectada inicie la vía administrativa. Dado que existen diferentes situaciones posibles, no se puede ofrecer un modelo general y es necesario realizar dicha iniciación conforme a la situación concreta. Esto es importante, puesto que si se inicia incorrectamente el procedimiento, podemos viciarlo de raíz y que sea ineficaz.

 

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