25
Abr
2020
La justicia inadmite a trámite el recurso contra la suspensión de contrataciones de interinos docentes Imprimir
Otras Noticias - Comunidad de Madrid
Compartir en MenéameCompartir en TuentiCompartir en Buzz it!Compartir en FacebookCompartir en Twitter

Foto cedida por CCOO MadridCCOO anuncia que apelará la decisión del TSJM

Comisiones Obreras ha anunciado que apelará ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la inadmisión del recurso presentado ante la decisión de la Consejería de Educación de suspender la contratación de funcionarios interinos docentes. El sindicato ha criticado que un juzgado de lo Contencioso-Administrativo haya asumido la “excusa” de la propia consejería que afirma que la suspensión de las clases –debido a la crisis del Covid19- hace innecesaria la contratación de funcionarios interinos e interinas docentes. Además, denuncian que el propio juzgado considere en su auto que no se vulnera el derecho fundamental a la educación del alumnado “a pesar de tener conocimiento de que se encuentran suspendidas las actividades docentes”.

El pasado 15 de abril, un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo dictó un auto de inadmisión por el recurso planteado por CCOO por la vía especial de vulneración de Derechos Fundamentales, en concreto el Derecho a la Educación, por la decisión de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación adoptada el 10 de marzo pasado de suspender totalmente la contratación de funcionarios interinos e interinas docentes.

La Consejería argumentó en su defensa que las actividades docentes se encuentran suspendidas, por lo que no es necesario contratar a nadie, una afirmación que “ha dado por cierta el juzgado sin atender a lo explicado en el recurso ni, por lo visto, la vida real, pues es claro y evidente que se sigue impartiendo docencia por vía telemática”, tal y como se indica por mandato del Real Decreto 463/2020 que ha establecido el estado de alarma (art. 9.2), e incluso de las propias viceconsejeras de Educación de la Comunidad de Madrid.

El auto señala que “la parte recurrente no justifica de forma suficiente que la circunstancia de suspender temporalmente los procesos de sustituciones, a pesar de tener conocimiento de que se encuentran suspendidas las actividades docentes debido al estado de alarma decretado a raíz de la pandemia por el Covid-19, suponga vulneración alguna del derecho a la educación del que son titulares los alumnos”.

A juicio de CCOO, el juzgado “no entra a dirimir sobre el fondo del asunto y alude a que se puede continuar la vía judicial ordinaria, cosa que el sindicato está haciendo también”. Por ello, “ante tan monumental falsedad esgrimida por la Consejería y el posterior error judicial”, CCOO avisa de que ya está preparando el correspondiente recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.