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16
Jun
2020
Paracuellos saca a consulta pública su nueva ordenanza de protección animal PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Paracuellos del Jarama
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Foto cedida por Ayuntamiento de ParacuellosPueden presentarse alegaciones hasta el 30 de junio

La Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama somete a consulta pública, a través del Tablón de edictos y Portal de Transparencia, la modificación de la ‘Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de  los animales’.

En su calidad de Administraciones Públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, les corresponde a los municipios las potestades reglamentaria y de auto organización. Desarrollando un poco más ese principio constitutivo y atributivo de facultades y potestades a los Ayuntamientos, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en su artículo 84.1.a) autoriza a las entidades locales a intervenir la actividad de los ciudadanos, entre otros medios, a través de las ordenanzas, que constituyen una típica manifestación de la potestad normativa local.

Por su parte, el artículo 7 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (RSCL), establece que las disposiciones acordadas por las corporaciones locales para regir con carácter general revestirán la forma de ordenanza o reglamento. No obstante esta presentación indistinta, suele ser pacífica la consideración de que la ordenanza responde a las disposiciones locales de carácter general dictadas en ejercicio de sus potestades de policía, utilizando la denominación de reglamentos para aquellas otras dictadas en el ámbito de los servicios públicos locales, potestad de autoorganización o potestad doméstica.

De acuerdo con lo previsto en el Articulo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éstas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto normativo, deben sustanciar una consulta pública a través del Portal web de la Administración competente, a fin de recabar la opinión de los sujetos, personas y organizaciones más representativas, potencialmente afectados por estas futuras actuaciones.

La consulta pública abordará la necesidad y la oportunidad de su aprobación, el cumplimiento de los objetivos que se pretenden, así como otras posibles soluciones alternativas regulatorias o no, en relación con este proyecto.

Entre los objetivos que se persiguen con esta norma se encuentran:

-          Establecer los requisitos exigibles para la tenencia de animales domésticos, bien sean utilizados como animales de ocio, recreo, deportivos o con fines lucrativos, y la venta de animales.

-          Lograr expandir y consolidar en el municipio de Paracuellos de Jarama una cultura de protección de los animales domésticos

-          Disponer de una herramienta eficaz para que los servicios municipales puedan fomentar los principios de protección y bienestar animal.

Con la aprobación de esta ‘Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de  los animales’ se pretende dar solución a situaciones que tienen que ver con:

-          La protección de los animales domésticos.

-          La tenencia responsable de animales.

-          El maltrato y el abandono de animales.

-          La convivencia entre animales, dueños y terceras personas.

-          La proliferación incontrolada de animales abandonados o asilvestrados.

-          La venta y transacción de animales.

-          La presencia de animales en espacios públicos.

-          La recogida y albergue de animales.

-          El destino de los animales recogidos por los servicios municipales.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Ley, estando prevista la elaboración de la correspondiente Ordenanza de convivencia ciudadana para su aprobación en una próxima sesión plenaria, se abre un periodo de consulta pública de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, para que las personas y organizaciones más representativas que puedan considerarse afectadas por esta futura norma puedan manifestar y presentar (presencialmente o en la sede electrónica, mediante solicitud normalizada) su opinión y aportaciones a esta Ordenanza sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye a continuación, hasta el 30 de junio de 2020.

Para ello se inserta en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento la consulta sobre las modificaciones planteadas, para así recabar la opinión de los ciudadanos interesados.

 

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