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01
Nov
2020
Esta noche entra en vigor el confinamiento de la zona centro y el barrio del puerto de Coslada PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Coslada
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Foto cedida por CAMEl alcalde vuelve a pedir que se confine toda la localidad

La Comunidad de Madrid ha tomado la decisión de restringir perimetralmente los movimientos de las zonas básicas de salud de Doctor Tamames (Casco) y Barrio del Puerto, en Coslada. La decisión del confinamiento perimetral será revisada semanalmente en función de la evolución de los contagios.

En relación con esta medida, el alcalde, Ángel Viveros, ha vuelto a insistir en que “nuestra ciudad, con apenas 12 kilómetros cuadrados, de los cuales aproximadamente la mitad son de zonas industriales a los que hay que sumar las zonas verdes, es una de las más densamente pobladas de Europa. Esto significa que presenta unas características que, con seguridad, no tiene otra ciudad de la Comunidad de Madrid. Por eso, volvemos a pedir que la restricción perimetral sea de todo el municipio, porque es la manera más adecuada de lograr reducir de forma homogénea y proporcional los contagios, según lo que marcan expertos nacionales e internacionales en salud y ciencia".

Debido a esta nueva situación, los test de antígenos que se estaban realizando a los vecinos de Valleaguado se harán también durante la próxima semana a los residentes de las ZBS de Doctor Tamames y Barrio del Puerto, según ha comunicado la Comunidad de Madrid. Estos test se realizan en el Centro Integral de Servicios Sociales.

Sobre esto, el regidor cosladeño ha agradecido a la Comunidad de Madrid que “lo extienda también a los residentes en estas dos zonas básicas de Salud, tras la insistencia por nuestra parte para que esas pruebas lleguen a todos lo vecinos y vecinas de Coslada, algo que continuamos solicitando a tenor de los datos de incidencia acumulada que ofrece nuestro municipio".

Lo anunciado hoy por la Comunidad de Madrid se publicará mañana en el BOCM. Siguiendo lo establecido en su momento para la ZBS de Valleaguado, lo más probable es que, una vez entre en vigor a las 00.00 horas del lunes 2 de noviembre el cierre perimetral de las dos nuevas zonas de Coslada, la decisión conllevará las siguientes medidas, revisables semanalmente:

1.- Se restringe los desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.

  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

  • Retorno al lugar de residencia habitual.

  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

  • Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.

  • Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

  • Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

  • Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Se permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas básicas de salud afectadas, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.

Asimismo, la medida adoptada por la Comunidad de Madrid sobre las zonas básicas de salud de Doctor Tamames y Barrio del Puerto también se traducirá, entre otras acciones, en que todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22.00 horas.

Del mismo modo, hay que tener en cuenta que “los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas”. Igualmente, si se sigue lo mismo que lo fijado para la ZBS de Valleaguado, a partir de la última hora del domingo “la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas, y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio y la recogida de comida por clientes para consumo fuera del local”.

Por su parte,  en el caso concreto de la práctica deportiva podrá realizarse en instalaciones deportivas “tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación en espacios interiores y el sesenta por ciento en espacios exteriores. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas”. Las citadas son solo algunas de las cuestiones que quedarán reguladas en la orden que mañana sábado publicará el BOCM.

Hay que destacar que el dispositivo de control preparado por la Policía Local de Coslada presenta como objetivos fundamentales los de “prevenir y erradicar en lo posible la comisión de infracciones” al confinamiento perimetral de las mencionadas zonas básicas de salud. Para ello, se llevará a cabo la vigilancia, control y chequeo de vehículos y personas.

A modo de conclusión, el alcalde, Ángel Viveros, ha vuelto a transmitir su agradecimiento "a las y los cosladeños por su destacada implicación individual y colectiva en el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Pero hay que seguir en esta línea porque se aproximan semanas duras, así que, ahora más si cabe, debemos cumplir con la distancia de seguridad, reducir los encuentros a personas convivientes y no olvidar jamás la mascarilla. Al final, entre todos, lo vamos a lograr”

La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Salud Pública, ha seleccionado otras tres zonas básicas de salud (ZBS) que comenzarán a tener restricciones de movilidad en la entrada y salida de su perímetro a partir del próximo lunes 2 de noviembre, y durante 14 días, hasta el domingo 15 de noviembre incluido. Se trata de las zonas de Valle de la Oliva, en Majadahonda, que se une a la vigente zona básica de Majadahonda (Cerro del Aire); y Doctor Tamames y Barrio del Puerto, ambas en Coslada.

Así lo han anunciado en rueda de prensa hoy el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, que ha comparecido junto a la directora general de Salud Pública, Elena Andradas. La directora, por su parte, ha explicado que estas tres zonas mantienen una incidencia acumulada a 14 días por encima de 500 casos por 100.000 habitantes (cuando la media de la región es de 401,8), una tendencia creciente y una situación de contigüidad geográfica con otros núcleos de población, que indican la necesidad de aprobar la limitación en las entrada y salidas de su perímetro salvo por causas justificadas.

Estas zonas básicas de salud, que incluyen 55.294 personas, el 0,8% de la población de la Comunidad de Madrid, concentran el 1,1% de los casos diagnosticados, y acumulan incidencias en el incumplimiento de la indicación de aislamiento por parte de casos positivos, comunicadas por los profesionales de Atención Primaria.

Por ello, y a través de un decreto que será publicado próximamente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (por la vigencia del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma), la Consejería de Sanidad establecerá la restricción de entrada y salida en el perímetro de las zonas afectadas salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

Por otro lado, los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros de las zonas afectadas, para lo que se pondrá en marcha un dispositivo de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.

En estas zonas, los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región (por regla general al 50%) y se suspende temporalmente la actividad de los parques infantiles de uso público.

Estas medidas, no obstante, se acompañarán de un refuerzo de la prestación asistencial y de la vigilancia epidemiológica en estos núcleos de población, intensificando la detección activa de casos y contactos estrechos mediante un incremento en la realización de pruebas diagnósticas. También se potenciará la colaboración con los municipios para el desarrollo de acciones conjuntas de información y mediación con la población vulnerable a través de los dispositivos socio-asistenciales; y se procederá a la notificación y control del cumplimiento de aislamientos y cuarentenas con el apoyo de la policía local u otros cuerpos y fuerzas de seguridad.

Estas mismas restricciones extraordinarias se mantienen en las 32 zonas básicas de salud anunciadas la semana pasada, que se encuentran en 12 municipios de toda la región: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja. Estos núcleos de población mantendrán las limitaciones de movilidad de entrada y salida hasta el próximo domingo 8 de noviembre.

En Madrid capital son las zonas de Núñez Morgado (distrito de Chamartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán). En el resto de municipios de la región son Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda- Cerro del Aire (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo); zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).

En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.

Desde el inicio de la estrategia de intervenir en determinadas zonas de salud, el pasado 21 de septiembre, las medidas de restricción en estos núcleos de población han dado como resultado una reducción en el número de ingresos hospitalarios y de casos diagnosticados. Comparando la incidencia acumulada a 14 días del primer día de restricción y el 8 de octubre, el porcentaje de disminución ha sido entre el 16% y 73% en las 37 primeras zonas con restricción desde el 21 de septiembre; entre el 14% y el 61% en las 8 zonas con limitaciones desde el 28 de septiembre; y entre el 39% y el 68% en las últimas 4 zonas con restricción desde el día 12 de octubre.

En virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad de Madrid, en toda la región se ha establecido además la limitación de movimiento entre las 00:00 horas y las 06:00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria. Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.

En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.

Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, el Decreto establece la reducción de los aforos en toda la región al 50%. Además, se suspende el servicio en barra. Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center, tal y como estaba hasta ahora), las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formación no reglada, al 75%.

 

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