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28
Nov
2025
El Supremo manda a Ábalos y Koldo a la cárcel de Soto del Real PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por Congreso de los DiputadosPrisión comunicada y sin fianza ante el “alto riesgo de fuga”

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha tomado la decisión de enviar al ex ministro de Transportes, José Luis Ábalos, y a su asesor Koldo García a prisión provisional sin posibilidad de fianza. Esta medida se enmarca en un juicio que se llevará a cabo por supuestas irregularidades en los contratos de mascarillas adjudicados durante la pandemia de COVID-19. Este caso es notable, ya que se trata de la primera vez que un diputado nacional en ejercicio se enfrenta a la prisión.

La decisión del magistrado se produjo tras la celebración de dos vistillas para revisar las medidas cautelares que ya estaban vigentes para ambos acusados. Anteriormente, estas medidas incluían la prohibición de salir del país, la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer quincenalmente ante el tribunal.

El juez ha accedido a las solicitudes del jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, y de las acusaciones populares, encabezadas por el Partido Popular (PP), quienes argumentaron que el riesgo de fuga había aumentado considerablemente, dado que ambos se enfrentan a penas de hasta 30 años de prisión.

Ábalos llegó al Tribunal Supremo a las 9:12, 45 minutos antes de la hora programada, solo y con una mochila de cuero marrón. Aunque no hizo declaraciones a su llegada, al final de la vistilla, afirmó ante el juez que no tenía intención de fugarse, argumentando que carecía de recursos económicos y de un lugar al que ir. Fuentes cercanas al ex ministro indican que se encontraba "destrozado" y visiblemente nervioso, lo que se evidenció en su comportamiento mientras esperaba la decisión del tribunal.

Por su parte, Koldo García llegó puntualmente, acompañado de su abogada, Leticia de la Hoz. Su defensa intentó argumentar que el TS no tenía competencia para el caso y que debía ser devuelto a la Audiencia Nacional. Además, resaltaron que García tiene un fuerte arraigo familiar, lo que disminuye el riesgo de fuga.

La defensa de Ábalos, liderada por su abogado Carlos Bautista, enfatizó que no existía riesgo de fuga, citando su estatus como diputado del Congreso y argumentando que encarcelar a su cliente antes de un juicio constituiría una violación de su derecho a la representación política. También sugirieron que el ingreso en prisión podría ser una táctica para presionarlo a hacer una "declaración colaborativa", similar a lo que había hecho el empresario Víctor de Aldama, quien se encuentra en una situación similar tras haber estado encarcelado.

García también hizo una declaración ante el juez, asegurando que no tenía intención de huir y sugiriendo que todos tienen derecho a aprender de sus errores, lo que fue interpretado por algunos presentes como un reconocimiento implícito de una equivocación.

El fiscal fue contundente durante la vistilla, especialmente en lo que respecta a Ábalos. Afirmó que su posición en el Gobierno le permitió cometer los delitos que se le imputan, subrayando que "ningún poder del Estado tiene derecho a sustraerse de la acción penal". Esta declaración enfatiza la idea de que la justicia debe ser imparcial y que todos, independientemente de su posición, deben rendir cuentas por sus actos.

El pasado 3 de noviembre, el magistrado Puente propuso juzgar a Ábalos, Koldo y Aldama por el supuesto cobro de comisiones a cambio de la adjudicación de contratos para la compra de material sanitario durante la crisis del COVID-19.

La Fiscalía ha solicitado una condena de 24 años de prisión para Ábalos y 19 años y medio para Koldo, por delitos que incluyen pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Además, se ha solicitado una multa de aproximadamente 3,9 millones de euros.

Las acusaciones populares, por su parte, han solicitado penas de 30 años de prisión para ambos, añadiendo otros delitos como prevaricación y falsedad en documento oficial. También se ha pedido una pena de 7 años de prisión para Aldama, aunque su pena ha sido atenuada debido a su confesión, la cual fue clave para desentrañar la presunta trama de adjudicación irregular de contratos públicos.

Ambos llegaron a la prisión de Soto del Real a las 18:09 horas en un furgón de la Guardia Civil. Previamente, habían sido trasladados desde los calabozos de la Audiencia Nacional, donde se encontraban bajo custodia. El juez Puente ha dictado prisión provisional, comunicada y sin posibilidad de fianza, fundamentándose en el riesgo "extremo" de fuga que representan ambos acusados. Este riesgo ha sido considerado "máximo" en el contexto actual, lo que ha llevado a la decisión de no permitir que continúen en libertad bajo medidas cautelares menos severas, como las comparecencias periódicas y la retirada del pasaporte

El juez ha señalado que existen "numerosos indicios racionales de criminalidad" que justifican la prisión. Las acusaciones se centran en la presunta comisión de varios delitos relacionados con la gestión de contratos de mascarillas, lo que ha suscitado un gran interés público y mediático.

Koldo García está programado para ser trasladado nuevamente a la Audiencia Nacional al día siguiente, donde deberá declarar en relación con la rama del caso que investiga los contratos de mascarillas, así como los PCR y test de antígenos gestionados por el Gobierno canario. Este procedimiento es crucial para el desarrollo del caso y podría arrojar más luz sobre las acusaciones y la implicación de ambos en las irregularidades denunciadas.

El instructor del caso, Leopoldo Puente, ha expuesto en sus resoluciones que existen "consistentes indicios" de que ambos cometieron graves delitos. Se han propuesto juzgarlos por delitos de:

Integración en organización criminal

Tráfico de influencias

Malversación

Cohecho

Uso de información privilegiada (introducido como novedad por la Fiscalía)

Puente ha señalado que la extensión de las penas solicitadas es tan significativa que habla por sí sola. Se estima que, incluso en el caso de recibir las penas menores, la sanción privativa de libertad podría ser de al menos 10 años, con el Ministerio Público precisando un total de 12 años y 6 meses.

El magistrado ha indicado que el juicio oral se celebrará en unos meses, lo que implica que la prisión provisional no debería extenderse más allá de este breve período. Además, ha resaltado que cualquier sentencia dictada por el Tribunal Supremo sería firme y no susceptible de recurso, lo que permitiría el cumplimiento inmediato de las penas.

Puente ha tomado en cuenta las circunstancias personales de Ábalos, quien está divorciado y tiene derecho de visitas a su hijo menor. Sin embargo, esto no disipa el riesgo de fuga, ya que podría renunciar a dicho derecho o intentar ejercerlo fuera de España. La defensa de Ábalos ha argumentado que su salario como diputado es su medio de vida, lo que desincentivaría una fuga. Sin embargo, el magistrado ha replicado que perdería ese salario si es condenado.

La defensa de Koldo ha presentado su situación familiar, mencionando que tiene una hija de 5 años y una madre a la que cuida, sugiriendo que esto le proporciona un arraigo suficiente en España. Sin embargo, el instructor ha argumentado que, si decidiera fugarse, podría separarse temporalmente de su familia.

Puente ha indicado que ambos acusados han manejado grandes cantidades de dinero en efectivo, lo que les permitiría financiar una posible fuga. En particular, se ha mencionado que Koldo asumió gastos personales de Ábalos, lo que sugiere que podrían tener recursos económicos suficientes. Además, ambos tienen contactos internacionales que podrían facilitar su huida, siendo Ábalos un exministro con vínculos en otros países y Koldo con experiencia en asesorías en Hispanoamérica.

 

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