07
Nov
2026
Desmantelan la cúpula de Núcleo Nacional en una redada con catorce detenidos Imprimir
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Además buscan al autor de un nuevo apuñalamiento en Vallecas

La Policía Nacional ha detenido este viernes a 14 personas en una operación contra el grupo de ultraderecha Núcleo Nacional, desarrollada en Madrid, Guadalajara y otras cinco provincias españolas, con registros en distintos inmuebles vinculados a la organización, incluida su sede central. La actuación, dirigida por la Comisaría General de Información, se ha desplegado en Madrid, Asturias, Guadalajara, Valladolid, Pontevedra, Burgos y Alicante, y a los detenidos se les investiga por presuntos delitos de odio y asociación ilícita.

La operación se enmarca en las investigaciones sobre las actividades del colectivo, al que se vincula con diversos incidentes registrados durante sus movilizaciones, y entre los antecedentes figura una protesta celebrada en Gijón, donde varios estudiantes denunciaron haber sufrido agresiones por parte de integrantes de Núcleo Nacional. El grupo ya había sido investigado anteriormente por presuntos delitos de odio y desórdenes públicos, después de protagonizar diferentes concentraciones en ciudades como Madrid y Sevilla contra la inmigración ilegal o la Ley de Amnistía.

La Policía Nacional ha detenido a cuatro personas, dos hombres y dos mujeres, como presuntas responsables de ocho robos en viviendas de Alcobendas en poco más de dos semanas el pasado mes de septiembre mientras los moradores se encontraban durmiendo. Los cuatro detenidos están investigados por presuntos delitos de robo con fuerza en interior de domicilio, robo con violencia e intimidación, receptación y pertenencia a grupo criminal, y tras pasar a disposición judicial se decretó el ingreso inmediato en prisión de uno de los varones.

Los asaltos se producían durante la noche y mediante el método del escalo o forzando puertas y ventanas, y según la investigación uno de los hombres accedía a las viviendas y no dudaba en intimidar, amenazar e incluso ejercer violencia contra los residentes si se despertaban y lo sorprendían registrando las habitaciones: en algunas ocasiones llegó a exigir dinero, tarjetas bancarias y objetos de valor, e incluso arrebató las joyas que llevaban puestas las víctimas. Las pesquisas comenzaron en septiembre, después de que los agentes detectaran un aumento de denuncias por robos en domicilios con sus habitantes en el interior, y los investigadores lograron identificar a cuatro personas con un reparto de funciones definido: los dos hombres se encargaban de organizar los robos en zonas próximas entre sí y cercanas a sus domicilios, lo que les permitía refugiarse rápidamente después de los asaltos, uno de ellos ejecutaba las entradas mientras el otro ocultaba y custodiaba los objetos sustraídos en calcetines colocados detrás de muebles, y las dos mujeres recibían posteriormente los efectos robados, principalmente joyas, y se encargaban de venderlos en establecimientos de compraventa de oro.

El dispositivo policial permitió arrestar a los cuatro sospechosos entre los días 24 y 25 de septiembre, y en el momento de la detención una de las mujeres llevaba consigo objetos que fueron reconocidos como sustraídos en los domicilios asaltados, mientras los agentes registraron la vivienda de los dos hombres e intervinieron diversas joyas, entre ellas pendientes, colgantes, anillos y relojes. Parte de los efectos recuperados ha podido ser devuelta a sus legítimos propietarios.

La Policía Nacional busca al autor de un ataque con cuchillo a un varón en plena calle en el distrito madrileño de Puente de Vallecas, que sufrió hasta una docena de cortes y tuvo que recibir primeros auxilios por parte de los agentes. Los hechos ocurrieron sobre la 1:00 horas de la madrugada del jueves en las inmediaciones de la calle Josefa Díaz, hasta donde se trasladaron agentes de la Policía Nacional, que encontraron a un ciudadano de origen chino con hasta una docena de heridas.

Los cortes e incisiones en espalda, cabeza y glúteos eran compatibles con un objeto punzante, si bien no se ha encontrado el arma del suceso. Tras recibir los primeros auxilios, la víctima fue atendida por sanitarios del Samur-Protección Civil, que lo trasladaron a un centro hospitalario de la ciudad de carácter estable y sin revestir gravedad, y por el momento se desconocen las causas del suceso ni los motivos que llevaron al autor a cometer el ataque.

Cercanías Madrid ha informado este viernes de retrasos en la línea C-5 por una "incidencia que afecta a la señalización" y una avería en la infraestructura de la estación Móstoles-El Soto. En concreto, los trenes de la citada línea, en ambos sentidos, están sufriendo "demoras, detenciones y pueden ver modificado su recorrido habitual", y desde Cercanías han precisado que se está trabajando para solucionar la avería "a la mayor brevedad posible".

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a cuatro agentes de la Policía Nacional de los delitos contra la integridad moral y de falsedad en documento oficial por los que habían sido acusados en relación con una intervención policial desarrollada en la madrugada del 8 de septiembre de 2023 en el distrito madrileño de Tetuán. La sentencia considera que las pruebas practicadas durante el juicio no permiten desvirtuar la presunción de inocencia de los funcionarios ni acreditar, más allá de toda duda razonable, los elementos constitutivos de los delitos imputados, y los magistrados concluyen que la actuación policial tuvo su origen en una intervención legítima ante un grupo de jóvenes que, según las comunicaciones recibidas, estaba siguiendo e intentando robar a una pareja.

Los hechos se remontan a la madrugada del 8 de septiembre de 2023, cuando el servicio de emergencias de la Policía Nacional recibió una primera llamada de un hombre comunicándoles que a él y su pareja, embarazada, les seguían varias personas en la calle Bravo Murillo. Tras una primera intervención policial, la pareja volvió a contactar con el 091, ya que afirmaba que el grupo había reanudado el seguimiento y que había tenido que refugiarse en un establecimiento de comida para evitarlo, y los agentes acudieron nuevamente y acompañaron a los requirentes hasta el hotel en el que se alojaban. En esa segunda actuación, la mujer identificó a uno de los jóvenes que, según manifestó, les estaba siguiendo, y cuando los policías se dirigieron a él, el menor, que tenía 17 años en aquel momento, empujó a uno de los funcionarios y emprendió la huida. Tres de los agentes lo persiguieron hasta la calle Sófora, donde consiguieron alcanzarlo, y durante la persecución el joven golpeó en el pecho al agente que finalmente le dio alcance, sin causarle lesión, produciéndose a continuación un forcejeo para reducirlo en el que el funcionario sufrió erosiones superficiales en el antebrazo. Este episodio cuenta con un antecedente judicial relevante: una sentencia firme del Juzgado de Menores número 3 de Madrid, de 27 de noviembre de 2024, condenó al joven por un delito de atentado, otro leve de lesiones y uno de resistencia, tras reconocer por conformidad haber empujado a uno de los policías y golpeado a otro durante la intervención.

La acusación sostenía que, una vez finalizado el forcejeo y reducido el menor, tres de los agentes le golpearon con puñetazos y patadas, mientras uno de ellos permanecía pasivo, y también atribuía a los funcionarios expresiones de carácter despectivo y racista. Sin embargo, la Audiencia considera que no ha quedado suficientemente acreditado que se produjera esa agresión en los términos descritos por el Ministerio Fiscal, ni que los agentes abandonaran al joven en la calzada, ni que la lesión inciso-contusa de 1,5 centímetros que posteriormente se apreció en la zona parietal izquierda fuera consecuencia de la actuación policial, ya que el informe médico-forense estableció que precisó una primera asistencia sanitaria y ocho días de curación no impeditivos. Uno de los elementos centrales del procedimiento fue el análisis de las grabaciones realizadas por vecinos de la calle Sófora, y la Sala admite su validez como prueba al haber sido reproducidas en el juicio oral y ratificadas por quienes las realizaron, pero considera que su calidad y las condiciones en las que se obtuvieron no permiten extraer conclusiones inequívocas sobre lo sucedido: la grabación principal, de unos veinte segundos, muestra a varios varones en una calle con escasa iluminación, dos de ellos levantándose del suelo mientras otra persona permanece tendida en la calzada, y en las imágenes se aprecia un movimiento del brazo de uno de los individuos, pero no puede determinarse con seguridad que se trate de un golpe que llegue a impactar sobre el joven, ni que el gesto de otro de los agentes constituya una patada que alcance a la persona tendida.

En su fundamentación jurídica, la Sala recuerda que el delito contra la integridad moral cometido por autoridad o funcionario público, previsto en el artículo 175 del Código Penal, exige algo más que una actuación incorrecta, censurable o incluso éticamente reprochable, y que para que exista responsabilidad penal es necesario acreditar un componente adicional de humillación, vejación o sometimiento de la víctima a un padecimiento físico o moral de especial intensidad, así como el abuso de la condición de funcionario. El tribunal entiende que no se ha acreditado que los agentes actuaran con ánimo de represalia ni que utilizaran la fuerza con una finalidad de humillar o menoscabar la dignidad del menor, y considera que la intervención inicial estuvo justificada por la necesidad de reducir a una persona que había emprendido la huida y ofrecido resistencia después de agredir a dos funcionarios. La sentencia declara de oficio las costas procesales, deja sin efecto las medidas cautelares y es susceptible de recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJM.