15
Feb
2017
El Supremo obliga a los bancos a devolver íntegro el importe de las cláusulas suelo Imprimir
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Hace suya la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Pleno de la Sala Primera, de lo Civil, del Tribunal Supremo, al resolver un recurso de casación del BBVA, ha adaptado la jurisprudencia de la Sala sobre la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo a las sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016. En consecuencia, la Sala ha decidido confirmar la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que acordaba la retroactividad total.

Por otra parte, el Pleno ha desestimado también hoy un recurso de casación que pretendía la nulidad de un cláusula suelo dela Caja Rural de Teruel por falta de transparencia, al concluir que en este caso cumplía los requisitos de transparencia establecidos por su jurisprudencia desde la sentencia de 9 de mayo de 2013. Los dos fallos han sido comunicados ya a los procuradores de las partes. El texto íntegro de las sentencias se redactará en los próximos días.