15
Jun
2018
Carmena abre consulta pública sobre la nueva Ordenanza de Calidad del Aire Imprimir
Otras Noticias - Madrid
Compartir en MenéameCompartir en TuentiCompartir en Buzz it!Compartir en FacebookCompartir en Twitter

Foto cedida por Ayuntamiento de MadridDurante quince días los madrileños podrán hacer sugerencias al texto

La Junta de Gobierno ha aprobado inicialmente el protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) en la ciudad de Madrid. Ahora se abre un periodo de información pública de un mes y tras el estudio de las alegaciones que se presenten, se aprobará definitivamente en Junta de Gobierno y posteriormente tendrá que ser ratificada por el Pleno Municipal. Se espera que el nuevo protocolo pueda estar en vigor tras el verano.

El objetivo de esta nueva norma es aumentar la protección de la salud de la ciudadanía frente a los efectos nocivos de los episodios de alta contaminación tras más de dos años de vigencia del protocolo actual. Entre las novedades del texto que se aprueba hoy figuran limitar la circulación de vehículos en función de los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico, adelantar los diferentes escenarios, reforzar las medidas a adoptar en cada uno de ellos y ampliar la cobertura geográfica de las medidas de restricción de la circulación.

También incorpora dos nuevos criterios adicionales para activar los niveles de Preaviso y Aviso cuando se superen los umbrales correspondientes en tres estaciones cualesquiera de la red; y nuevos criterios para declarar el escenario 3, con tres días consecutivos con superación del nivel de preaviso; y un nuevo escenario 4 si la contaminación persiste sin llegar al nivel de alerta fijado por la Unión Europea.

Además, una vez que la DGT ya ha incluido las motos en el sistema de distintivos ambientales estas estarán sujetas a las mismas limitaciones que el resto de vehículos. El nuevo protocolo, también establece la posibilidad de actuar anticipadamente basándose en su actual modelo predictivo, que el Ayuntamiento está mejorando junto a laUNED para anticipar aún más los avisos por activación de los diferentes escenarios. Hasta que esté finalizado, se avisará con un día de antelación a la aplicación de las medidas de restricción del aparcamiento y de la circulación.

Medidas en toda la ciudad

Según recoge en el nuevo texto se tendrá en cuenta la situación de los distritos del exterior de la M-30 a la hora de activar los diferentes escenarios, al incluirse un nuevo criterio, la superación de los umbrales correspondiente en tres estaciones de toda la red, además de mantener el criterio anterior en el que se tienen en cuenta las superaciones por zonas. También se modifica la información a facilitar por Madrid Salud a través de su sistema de alertas de Salud ambiental (SASA) a propuesta de dicho organismo.

En cuanto a los escenarios, el nuevo protocolo tendrá cinco escenarios, uno más que el actual. En el escenario 2, además de la limitación del aparcamiento en la zona SER a los vehículos que no sean CERO o ECO, se introducen medidas de limitación del tráfico (antes era en el escenario 3), con la limitación de la circulación de los vehículos sin distintivo ambiental, los más contaminantes, en la M-30 y su interior. En el escenario 3, la restricción de circulación a los vehículos más contaminantes se extenderá a toda la ciudad.

Como novedad, se crea un nuevo escenario 4 para cuando el nivel de aviso se mantenga durante cuatro días consecutivos, en el que la limitación de circulación se extenderá también a los vehículos con etiqueta B en la M-30 y su interior. El nivel cinco se corresponde con el nivel de alerta definido por la Unión Europea y en esta situación solo se permitirá la circulación de vehículos CERO y ECO.

Las propuestas del nuevo protocolo elaborado por el Área de Medio Ambiente y Movilidad han sido analizadas y debatidas junto a expertos, Administraciones, grupos políticos, Ecologistas en Acción y la FRAVM. Con esta revisión se pretende tomar más medidas para conseguir reducir antes los niveles de contaminación, así como una mejor gestión de cada episodio con una aplicación más progresiva.

Además, se pasa de las limitaciones por matrícula par o impar a un sistema basado en las etiquetas ambientales emitidas por la Dirección General de Tráfico. Los vehículos sin etiqueta son los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006. Y los B son los de gasolina anteriores al año 2006 y los diésel anteriores a 2014.

La propuesta municipal para el nuevo Protocolo es la siguiente:

Niveles

Se modifican los criterios de activación del Protocolo y de sus diferentes escenarios.

Se añade como novedad que tres estaciones de cualquier zona superen los 180 µgr/m3 (preaviso) o 200 (aviso), durante 3 horas consecutivas, quedando los diferentes niveles de la siguiente forma:

  • Preaviso: cuando en dos estaciones cualesquiera de una misma zona se superan los 180 microgramos/m3 durante dos horas consecutivas de forma simultánea, o en tres estaciones cualesquiera de la red de vigilancia, se superan los 180 microgramos/m3 durante tres horas consecutivas de forma simultánea.

  • Aviso: cuando en dos estaciones cualesquiera de una misma zona se superan los 200 microgramos/m3 durante dos horas consecutivas de forma simultánea o en tres estaciones cualesquiera de la red de vigilancia, se superan los 200 microgramos/m3 durante tres horas consecutivas de forma simultánea.

  • Alerta: cuando en tres estaciones cualesquiera de una misma zona (o dos si se trata de la zona 4) se superan los 400 microgramos/m3 durante tres horas consecutivas de forma simultánea.

Escenarios posibles

Escenario 1: (1 día de superación con nivel de preaviso)

  • Limitación de velocidad a 70 km/h.

  • Recomendación del uso del transporte público.

  • Recomendaciones incorporadas en el protocolo de la Comunidad de Madrid, al igual que en el resto de escenarios.

Escenario 2: (2 días consecutivos con superación del nivel de preaviso o 1 día con superación del nivel de aviso)

  • Prohibido estacionar en zona SER. Solo pueden aparcar los vehículos CERO y, como novedad, los ECO.

  • Prohibición de circular a los vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT, incluidas las motocicletas, en la almendra central y en la M-30. En el caso de la almendra central suponeun 13,4% de los desplazamientos y una reducción de emisiones de NO2 de un 6%.

  • Se mantienen el resto de medidas del protocolo actual.

Escenario 3: (3 días consecutivos con superación del nivel de peaviso o 2 días consecutivos con superación del nivel de aviso)

  • Prohibido estacionar en zona SER. Solo pueden los CERO y los ECO.

  • La prohibición de circular a los vehículos sin distintivo ambiental, incluidas las motocicletas, se extiende a toda la ciudad. Supone una reducción del 17,7% de la circulación en toda la ciudad y de más del 21% de las emisiones contaminantes. En el protocolo en vigor la distinción se hace por matrículas par o impar pero solo en el interior de la M-30. Se sustituye el criterio de las matrículas por el de los vehículos más contaminantes.

  • Resto de medidas del protocolo actual.

Escenario 4: (4 días consecutivos con superación del nivel de aviso)

  • Prohibido estacionar en zona SER. Solo pueden los CERO y los ECO.

  • Prohibición de circular a los vehículos sin distintivo ambiental, incluidas las motocicletas, en toda la ciudad.

  • En la M-30 y su interior la limitación de circulación se extiende a los vehículos con etiqueta B, que suponen entre un 47 y un 49 por ciento de los recorridos en esos ámbitos.En conjunto, las dos últimas medidas supondrán una reducción de las emisiones de más del 33%.

  • El resto de las medidas anteriores

Escenario 5 (Alerta): ( 1 día de nivel de alerta)

  • Coincide con el nivel de alerta marcado por la Unión Europea al que nunca se ha llegado en Madrid.

  • Prohibición de circular a los vehículos sin etiqueta y etiquetas B y C, con un ahorro de emisiones superior al 64%.

  • Todas las medidas anteriores.

Excepciones

Durante la aplicación de las medidas del Protocolo de contaminación, podrán seguir estacionando en las plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los vehículos que dispongan del distintivo ambiental CERO o ECO de la DGT (antes solo los CERO), los autorizados como comerciales e industriales del SER, los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente.

Por otro lado, habrá excepciones a la limitación de circulación para los vehículos de transporte público colectivo, las bicicletas, ciclomotores, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano. También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), las grúas para el remolque de vehículos y vehículos taller y de auxilio en carretera, además de otros vehículos: transporte de detenidos, transporte funerario y transporte de fondos y servicios de seguridad blindados debidamente acreditados.

Las restricciones de tráfico y aparcamiento recogidas en este protocolo no se aplicarán a los vehículos destinados al desplazamiento de personas con movilidad reducida ni a los vehículos de servicios esenciales: extinción de incendios, protección civil y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.

La Junta de Gobierno ha acordado abrir una consulta pública previa sobre la nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Protección contra la Contaminación Atmosférica que va a elaborar el Área de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.

Con esta consulta se busca recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas que pueden verse afectadas por la aprobación de esta nueva normativa acerca de los problemas que pretende solucionar, la necesidad y oportunidad de su aprobación, sus objetivos y las posibles soluciones alternativas.

El Ayuntamiento considera necesaria la elaboración de esta nueva Ordenanza dado que en la actualidad, la normativa sobre Protección de la Atmosfera frente a la Contaminación por Formas de la Materia compone una parte de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano aprobada en 1985. Aunque desde entonces ha sufrido varias modificaciones parciales, la última en 2002, la aprobación del Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático y de un conjunto de normas europeas, estatales y autonómicas relativas a la mejora de la calidad del aire hacen imprescindible la actualización de la normativa municipal sobre protección contra la contaminación atmosférica, que regule otros emisores diferentes al tráfico, ya que en materia de tráfico se está tramitando actualmente la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible.

La elaboración de esta nueva Ordenanza tiene como objetivo proteger la salud de la ciudadanía y del medio ambiente urbano frente a la contaminación, a través de un conjunto de normas con las que se consiga una mayor eficiencia energética de las instalaciones térmicas y un control del uso de combustibles, especialmente de los combustibles sólidos, que incluya la eliminación del uso del carbón en las calderas de la ciudad de Madrid a partir de 2020, como se recoge en el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático. También se persigue minimizar las molestias a la población y al entorno de las emisiones de polvo, humos, gases, olores y partículas.

Consulta pública en Decide Madrid

A partir de su aprobación, se abrirá la consulta pública en Decide Madrid durante 15 días con las siguientes preguntas:

  • ¿Qué medidas propondrías para evitar las emisiones molestas procedentes de las instalaciones de combustión como las destinadas a la producción de calefacción y agua caliente sanitaria?

  • ¿Qué medidas te parecen adecuadas para mejorar o minimizar las molestias por olores que pueden producir determinadas actividades, tales como las de restauración o comercios de alimentos frescos? ¿Y respecto de los olores generados por actividades en el medio ambiente exterior, como depuradoras o vertederos?

  • ¿Cómo consideras que deben controlarse las emisiones que pueden producir determinadas actividades que se realizan en el exterior como las obras, el transporte de determinados materiales o la utilización de generadores de electricidad?

  • ¿De qué manera crees que se pueden evitar o controlar actuaciones como la realización de hogueras y el esparcir polvo o cenizas en espacios públicos no autorizados?

  • El Ayuntamiento de Madrid ha de adoptar medidas de protección cuando se declare un episodio de alta contaminación atmosférica. En este sentido, ¿qué medidas diferentes a las de regulación del tráfico de vehículos propondrías como recomendaciones, restricciones o prohibiciones en situaciones declaradas de alta contaminación atmosférica.