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14
Jul
2016
Morata aprueba una partida de 25.000 euros para pagar el IBI a víctimas de violencia de género y personas en proceso de desahucio PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Morata de Tajuña
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Foto cedida por Ayuntamiento de MorataEl Pleno dio luz verde a la propuesta por unanimidad

El Pleno del Ayuntamiento de Morata aprobó por unanimidad, con los votos a favor del PSOE, de Izquierda Unida y del PP, una línea de ayudas sociales para el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para los vecinos con escasos recursos o en situaciones de lanzamiento judicial, violencia machista o familias monoparentales con menores a su cargo.

La medida, que sigue la línea de la ayuda que ya aprobó el Pleno el año anterior, supone una partida presupuestaria de 25.000 euros, 5.000 euros más que el pasado ejercicio. “El cambio se basa en que ahora no se tendrán en cuanta los ingresos de toda la unidad familiar, sino de cada miembro”, ha explicado el alcalde Ángel Sánchez, que ve en este nuevo baremo la solución a que se utilice el 100% de la partida presupuestaria y no sólo 4.000 euros, como ocurrió el año pasado, llegando así a más vecinos.

De esta manera, el Ayuntamiento de Morata pretende que la distribución sea “más justa”, en función de los miembros que componen la familia, con ayudas que pueden ir desde un 25 a un 80% del importe del IBI. Además, la nueva medida aumenta el importe máximo de las ayudas en 50 euros, hasta los 350.

“Hemos querido que aquellos que peor lo están pasando en nuestro pueblo tengan el 100% de la ayuda”, ha añadido Sánchez. En este sentido, se incrementará un 20% el importe subvencionado para mujeres víctima de violencia machista, para aquellas familias inmersas en un proceso de lanzamiento judicial de su vivienda como consecuencia de un proceso de ejecución hipotecaria y para aquellos padres y madres, ya sean separados, viudos o familias monoparentales, que tengan menores a su cargo.

Estas ayudas económicas se concederán sólo a aquellas personas que acrediten que el inmueble es su residencia habitual y que los ingresos anuales de la unidad familiar no superen en 2,5 puntos el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.

 

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