06
Abr
2013
Rajoy modifica el Estatuto del CNI Imprimir
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Entre otras modificaciones, todos los miembros del cuerpo estarán sometidos al mismo régimen disciplinario

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia, que sustituye al actualmente vigente desde 1995, aunque sufrió una importante modificación en 2004.

El nuevo Estatuto responde, en primer lugar, a la insuficiente regulación de diversos aspectos relativos al personal del CNI con respecto al régimen propio de otros colectivos de empleados públicos, sean de naturaleza civil o militar. Además, es preciso adaptar el Estatuto a las reformas legislativas operadas en el ámbito de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, entre otras cuestiones, en materia de derechos y deberes, de garantía de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, de conciliación de la vida personal y familiar, y de protección social. Asimismo, se acomoda a las últimas novedades en relación con permisos y vacaciones introducidas en el régimen de la función pública.

En el texto se establecen, por primera vez, los principios generales que deben regular los procesos selectivos del personal estatutario, tanto temporal, como permanente.

El nuevo Estatuto provee al personal estatutario de una carrera profesional, definiendo sus distintas clases, que se inspiran en las previstas en el ámbito de la función pública. La carrera profesional, concepto y principios, clases, progresión horizontal y progresión vertical, se regula con mayor detalle.

Respecto al régimen disciplinario, y más concretamente al ámbito personal de aplicación, se incluye frente al régimen vigente, a todo el personal estatutario del CNI, sin excepción alguna, incluyendo aquel personal militar y de la Guardia Civil en servicio activo que actualmente se encuentra sometido al régimen disciplinario de sus cuerpos de procedencia.