x

Uso de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación.
Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies

19
May
2013
Paracuellos informa de que el IBI subirá “sensiblemente” en 2013 PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Paracuellos del Jarama
Compartir en MenéameCompartir en TuentiCompartir en Buzz it!Compartir en FacebookCompartir en Twitter

Según el concejal de Hacienda, la localidad no ha aplicado los coeficientes reductores en los últimos seis años

La Concejalía de Hacienda de Paracuellos informaba hace unos días, y mediante comunicado, de las modificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, (IBI) para el presente año 213, modificaciones que, según Santos Miñambres, sunpondrán una "sensible" subida del impuesto.

“Desde la Concejalía de Hacienda queremos informarle que este año confluyen en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI) una serie de factores de naturaleza estrictamente legal que van a deparar una sensible subida de la cuota tributaria. Las razones de dicho incremento proceden de:

Por una parte y como viene sucediendo desde el 1 de enero de 2007, fecha en que entró en vigor la actual Ponencia General y Colectiva de Valores Catastrales, para paliar el impacto fiscal que toda revisión generalmente puede conllevar; se han venido aplicando una serie de reducciones legales por efecto de unos coeficientes (arts. 67 a 69 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo) a fin de que la base liquidable, variable sobre la que realmente se tributa en este impuesto, vaya creciendo paulatinamente de manera que al cabo de 10 años éste concepto venga a coincidir con el valor catastral. Si en el año 2007 el coeficiente reductor antes señalado era del 0´9, en el presente ejercicio se encuentra ya cifrado en el 0´3, de lo que se infiere que la base liquidable venga incrementándose anualmente.

De otra parte, y al amparo de la posibilidad legal que contempla el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (art. 72.5), durante seis años (desde 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2012),  este Ayuntamiento ha venido aplicando tipos de gravamen por debajo del mínimo legal, pero al haber expirado el citado plazo transitorio, este ejercicio se debe aplicar obligatoriamente el tipo de gravamen mínimo y supletorio que es del 0,4 %, frente al 0,35%  vigente el año pasado.

Queremos insistir en que esta mecánica de la variabilidad de las bases liquidables y de los tipos de gravamen viene establecida por disposición legal de la Ponencia de Valores Catastrales elaborada por el Ministerio de Hacienda, impidiendo que una corporación local disponga de facultades para subvertir dicho mandato. No obstante, el próximo ejercicio 2014, y al amparo de una modificación legal introducida en materia de actualización de valores catastrales, el Equipo de Gobierno, sensibilizado con esta materia impositiva, se ha acogido al nuevo sistema para al fin de reducir los valores catastrales de manera muy sustancial, para que se pueda contrarrestar el incremento experimentado durante 2013”, explica el concejal de Hacienda paracuellense.

 

Escribir un comentario

Código de seguridad
Refescar