12
Mar
2023
Paracuellos quiere bonificar el IBI a las viviendas con placas solares Imprimir
Zona Este - Paracuellos del Jarama
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Foto cedida por Ayuntamiento de Paracuellos La nueva Ordenanza está en plazo de consulta pública

El Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama somete a consulta pública previa, a través de la página web municipal, la modificación de la ‘Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de Paracuellos de Jarama’.

El trámite de consulta pública previa a la elaboración de un proyecto de reglamento u ordenanza se encuentra regulado por primera vez en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), en los siguientes términos:

“Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

  2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.

  3. Los objetivos de la norma.

  4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.”

Seguidamente en su apartado 3 se indica que esta consulta:

“deberá realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros, concisos y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia”.

El Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama tiene aprobado el Plan Normativo Anual de 2023 en el Pleno del 22 de noviembre de 2022, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 132.1 de la LPACAP. En este se contienen las iniciativas reglamentarias que se prevén elevar para su aprobación durante dicho año. En dicho Plan se incluye expresamente, en el apartado de modificación de normas, la ‘Ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles’ con la siguiente referencia “La administración es una parte fundamental para la implantación de cambios sociales y siendo conscientes del riesgo que supone el cambio climático, se propone la modificación de la ordenanza con motivo de estudiar bonificaciones en cuanto a la implantación de energías renovables en los inmuebles”

Los objetivos de esta modificación de la ordenanza son los siguientes:

  1. La introducción de una bonificación potestativa respecto de los bienes inmuebles en los que se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico eléctrico proveniente del sol, que viene posibilitada con carácter potestativo en el artículo 74.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

  2. Incentivar con esta bonificación el uso de energías renovables en el municipio.

  3. Demostrar con hechos el posicionamiento de nuestra administración hacia los entornos saludables y el ahorro energético

Con el fin de recabar la opinión de los afectados por la norma, se abre un plazo del 9 al 18 de marzo, ambos incluidos, para que todos los interesados presenten, en la sede electrónica, mediante solicitud normalizada, sus opiniones y aportaciones a esta ordenanza.