26
Ene
2026
El novio de Ayuso recurre el nombramiento de García Ortiz como Fiscal de lo Social del Supremo Imprimir
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Pide que sea inhabilitado como fiscal

Este lunes se conoció que Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha interpuesto un recurso ante la Fiscalía General del Estado. Este recurso se dirige específicamente contra la decisión de la fiscal general, Teresa Peramato, de permitir que su predecesor, Álvaro García Ortiz, regrese a la carrera en la Sección de lo Social del Tribunal Supremo.

En el recurso presentado por el abogado de González Amador, se solicita lo siguiente:

Pérdida de la condición de fiscal de García Ortiz: Se argumenta que la reincorporación de García Ortiz debe ser anulada y que se declare su incapacidad para ejercer funciones fiscales, dado que ha sido condenado por un delito doloso a una pena superior a seis meses.

Acceso al expediente: Se pide que se le permita a González Amador acceder al expediente que justifica la decisión de no expulsar a García Ortiz de la carrera fiscal.

Anulación del expediente: Se solicita la anulación del expediente que permitió la reincorporación de García Ortiz al Tribunal Supremo.

El abogado de González Amador, Gabriel Rodríguez Ramos, critica que su cliente no ha podido ejercer sus derechos como interesado en la resolución de la Fiscalía. Esto incluye la falta de acceso al expediente que documenta la reincorporación de García Ortiz, la imposibilidad de presentar alegaciones y la falta de información sobre la resolución adoptada, de la que solo ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación.

El Tribunal Supremo condenó a García Ortiz a dos años de inhabilitación por revelación de secretos relacionados con González Amador. Además, se le impuso una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros. La sentencia especificó que la inhabilitación solo se aplicaba al cargo de fiscal general del Estado, dejando a la Fiscalía la decisión sobre su nuevo destino.

El abogado de González Amador argumenta que no hay jurisprudencia que respalde la decisión de Peramato, que sostiene que la causa de inhabilidad en el Estatuto Fiscal se refiere a condenas por delitos dolosos, no a delitos dolosos en sí. Aclara que la condición de fiscal es un empleo público y que la ejecución de la pena de inhabilitación no requiere una decisión administrativa, sino que debe ser ejecutada por la jurisdicción penal.

Además, se menciona que existe una sentencia firme del Tribunal Supremo que impone una pena de inhabilitación a García Ortiz por haber quebrantado dolosamente el deber de secreto, lo que debería llevar a la pérdida de su condición de fiscal.

La Fiscalía General del Estado justificó la reincorporación de García Ortiz al Tribunal Supremo, argumentando que la sentencia que lo condenó solo lo inhabilitaba para el puesto que ocupaba, no para otros cargos. Se destacó que esta reincorporación se realizó conforme a las previsiones estatutarias, y que su situación anterior de servicios especiales como fiscal general quedó sin efecto.

Desde el Ministerio Público se enfatizó que el fallo de la sentencia es claro y delimitado, indicando que la inhabilitación se aplica exclusivamente al cargo de fiscal general del Estado, sin afectar su condición de fiscal de carrera. García Ortiz también ha presentado un incidente de nulidad contra la sentencia del Tribunal Supremo, defendiendo la credibilidad de la Fiscalía ante lo que considera ataques y censurando intentos de silenciar la capacidad del Ministerio Fiscal para emitir comunicados o desmentidos.