29 Nov 2021 |
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Según recuerdan, esta modalidad tiene una bonificación del 3%La Concejalía de Hacienda ha informado de que a partir del próximo lunes, 29 de noviembre, y hasta el 21 de enero de 2022 estará abierto el plazo para poder acogerse al sistema especial de “Pago a la carta”. Las solicitudes que se presenten posteriormente, surtirán efectos para el ejercicio 2023.“Pago a la Carta” es un sistema especial de pago de tributos que permite el pago de forma fraccionada y mediante domiciliación bancaria de los principales tributos municipales, permitiendo además el disfrute de la bonificación del 3% prevista para los recibos domiciliados (con el límite de 300€ por recibo). Los pagos se realizarán conforme a una estimación del importe de los tributos tomando como referencia las cuotas del año anterior, actualizándose en el mes de julio, una vez estén aprobados los padrones del año en curso. Modalidades de pago Hay tres modalidades de pago dentro del Pago a la Carta, pasándose al cobro el día 11 de cada mes o inmediato hábil posterior.
¿Qué impuestos y tasas se pueden incluir en el pago a la carta? Los contribuyentes podrán decidir qué tasas e impuestos quieren incluir en el Pago a la Carta, de entre los siguientes:
Además, las liquidaciones emitidas a consecuencia de un procedimiento de revisión, correspondientes a dichos tributos, podrán también incluirse en este sistema. En cambio, no podrán incluirse en Pago a la Carta aquellos tributos sobre los que se haya realizado un procedimiento de división de liquidaciones de los regulados en el artículo 35.7 de la vigente Ley General Tributaria, esto es, cuando el tributo se divida emitiendo un recibo a cada propietario en atención a su porcentaje de propiedad. Documentación requerida
Todos los modelos pueden descargarse en el enlace https://contribuyente.ayto-alcaladehenares.es/pago-a-la-carta/ Vías de tramitación Aportando la documentación requerida por alguna de las siguientes vías:
Cambios en los pagos a la carta ya existentes Si usted ya se encuentra acogido al sistema especial de Pago a la Carta, pero desea modificar su modalidad de pago, también puede solicitarlo en el mismo plazo (del 29 de noviembre al 21 de enero de 2022) y por cualquiera de las vías anteriormente citadas. Si lo que desea es modificar la cuenta corriente donde esté domiciliado el Pago a la Carta podrá ser modificada del 29 de noviembre al 21 de enero de 2022, y por cualquiera de las vías anteriormente citadas. También podrá modificar la cuenta corriente durante la vigencia del Pago a la Carta hasta el día 25 del mes anterior a la del cargo correspondiente, utilizando las mismas vías de tramitación. |