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18
May
2026
Absuelven a los técnicos de Vivotecnia de delitos de maltrato animal PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por PACMASegún el juzgado, el único posible delito ya estaría prescrito

La Sección Penal del Tribunal de Instancia de Madrid ha absuelto a los dos trabajadores del laboratorio de experimentación Vivotecnia Research S.L. que estaban acusados de delitos de maltrato animal por prácticas realizadas en 2019. La sentencia, conocida este lunes, exonera a los procesados al considerar que no se han probado las lesiones graves o la muerte de los animales, y declara prescrito un posible delito leve de maltrato cruel .

El Partido Animalista PACMA, que interpuso la querella tras la difusión de unas imágenes en abril de 2021, solicitaba penas de 18 meses y un año de prisión, respectivamente, para el técnico de laboratorio y el cuidador de animalario. La Fiscalía de Madrid pedía un año de prisión para uno y once meses para el otro .

La resolución judicial considera probado que uno de los acusados intervino en la eutanasia de un conejo sin comprobar adecuadamente la correcta sedación y sujeción del animal, lo que provocó que saltara de la mesa y cayera al suelo. Sin embargo, el magistrado concluye que no ha quedado acreditado que el animal sufriera lesiones graves ni que falleciera como consecuencia directa de esa caída. Tampoco se pudo demostrar que el acusado fuera el responsable principal del procedimiento .

En relación con el segundo acusado, la sentencia declara probado que realizó extracciones de sangre retro-orbitales a varias ratas sin la anestesia adecuada, incumpliendo así el protocolo legal de experimentación animal. El juez considera acreditado que esta actuación generó "dolor y sufrimiento innecesario" a los animales. Sin embargo, tampoco se ha podido acreditar que dichas prácticas causaran lesiones graves a las ratas .

El magistrado aprecia que la conducta de este segundo acusado podría ser constitutiva de un delito leve de maltrato cruel, por haber actuado con indiferencia ante el sufrimiento animal. No obstante, el tribunal declara prescrita dicha infracción al haber transcurrido más de un año entre los hechos (2019) y la interposición de la denuncia .

El tribunal también rechazó los intentos de los acusados de invalidar las grabaciones realizadas por una trabajadora infiltrada, considerando que no vulneraban su derecho a la intimidad y que era legítima su utilización como prueba al haberse obtenido en un entorno profesional y por una persona que participaba directamente en los hechos grabados . La sentencia, en la que se declaran de oficio las costas procesales, aún no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid .

El Partido Animalista PACMA, junto a FAADA, AnimaNaturalis y la Fundación Contra el Maltrato Animal, ha anunciado que recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid que absuelve a los dos trabajadores del laboratorio de experimentación Vivotecnia Research S.L. El fallo, conocido este lunes, exonera a los procesados de los delitos de maltrato animal del artículo 337 del Código Penal vigente en 2019, aunque reconoce que uno de ellos realizó extracciones de sangre a ratas sin anestesia adecuada, provocándoles "dolor y sufrimiento innecesario" .

El tribunal declara probado que un técnico de laboratorio intervino en la eutanasia de un conejo sin comprobar adecuadamente la sedación y sujeción del animal, lo que provocó que saltara de la mesa y cayera al suelo. Sin embargo, el magistrado concluye que no ha quedado acreditado que el animal sufriera lesiones graves ni que falleciera como consecuencia directa de la caída, requisito exigido por el Código Penal de entonces para imponer condena por maltrato animal .

En relación con el segundo acusado, un cuidador de animalario, la sentencia declara probado que realizó extracciones de sangre retro-orbitales a varias ratas sin anestesia adecuada, incumpliendo el protocolo legal de experimentación animal y generando "dolor y sufrimiento innecesario" a los animales . El juez aprecia que su conducta podría ser constitutiva de un delito leve de maltrato cruel del artículo 337.4 del Código Penal, por haber actuado con indiferencia ante el sufrimiento animal, pero declara prescrita dicha infracción al haber transcurrido más de un año entre los hechos (2019) y la interposición de la denuncia .

Las entidades denunciantes consideran que el fallo contiene "hechos de extrema gravedad" y que la propia resolución judicial reconoce el sufrimiento innecesario causado a los animales. En un comunicado difundido este lunes, PACMA y las organizaciones personadas como acusación popular lamentan que "pese a la gravedad de los hechos recogidos en la sentencia, los acusados hayan resultado absueltos y la empresa haya continuado operando con normalidad durante todo este tiempo".

Las organizaciones recuerdan que el procedimiento judicial se ha prolongado durante más de cinco años desde que en abril de 2021 se difundieron las imágenes grabadas por una trabajadora infiltrada en las instalaciones de Vivotecnia, que mostraban presuntos actos de maltrato hacia perros, conejos, ratones, macacos y cerdos .

La sentencia, que aún no es firme, dedica una parte relevante de sus fundamentos jurídicos a validar las grabaciones como prueba. El tribunal rechaza que dichas imágenes vulneraran el derecho a la intimidad de los acusados y considera legítima su utilización al haberse obtenido en un entorno profesional y por una persona que participaba directamente en los hechos grabados .

El caso Vivotecnia reavivó el debate sobre la experimentación animal en España y ha sido objeto de movilizaciones ciudadanas, incluyendo una manifestación frente al CSIC y la SECAL convocada por la plataforma "Cerremos Vivotecnia Por los Animales" . La vía judicial sigue abierta con la anunciada apelación ante las Secciones de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid .

 

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