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26
Oct
2026
Vecinos ayudará a los vecinos de Algete a recurrir la Tasa de Basuras PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Algete
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Foto cedida por Vecinos por AlgeteElaboran una guía informativa

Vecinos por Algete ha elaborado una guía informativa dirigida a todos los vecinos y comerciantes del municipio que no estén de acuerdo con los importes liquidados de la nueva tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos municipales, detallando los pasos legales para impugnar la tasa dentro de los plazos reglamentarios. La formación recuerda que el cauce legal ordinario es la presentación de un recurso potestativo de reposición ante el propio órgano municipal que ha dictado el acto, la Concejalía de Hacienda o la Alcaldía-Presidencia, fundamentado en la Ley General Tributaria y el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Los afectados disponen de un mes para formalizar su recurso, computado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación individual o desde el día posterior a la finalización del periodo de exposición pública en cobros por padrón, y el escrito puede registrarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve, presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano o Registro General aportando dos copias para obtener justificante sellado, o en las Oficinas de Correos mediante correo administrativo certificado en sobre abierto.

Vecinos por Algete destaca que las reclamaciones deben fundamentarse en datos objetivos y contrastables, y que los casos más comunes son errores en la base de cálculo, con inexactitudes en la superficie computable o en la tipología asignada al inmueble en relación con la información catastral real; inmuebles desocupados o locales sin actividad, donde deberían aplicarse los tramos y cuotas fijas diferenciadas previstas en la ordenanza; falta de aplicación de bonificaciones, en situaciones en las que el titular cumple los requisitos reglamentarios y la reducción no se ha reflejado en la liquidación, y errores en el sujeto pasivo, en casos en los que el destinatario ya no ostenta la titularidad o derecho real sobre el inmueble en la fecha de devengo.

La formación incide de manera especial en un aspecto procedimental crítico: la interposición del recurso de reposición no suspende automáticamente la obligación de pago, por lo que para evitar recargos de apremio en vía ejecutiva, que oscilan entre el 5% y el 20%, aconseja a los afectados abonar la tasa en periodo voluntario y solicitar expresamente la devolución de ingresos indebidos más los correspondientes intereses de demora en el propio recurso, salvo que se solicite la suspensión aportando aval o garantía formal según estipula la normativa tributaria. El Ayuntamiento dispone de un plazo máximo de un mes para dictar resolución expresa, y la formación local reitera su compromiso de asesorar e informar a los vecinos para garantizar que las cargas tributarias se ajusten estrictamente a la realidad y a la legalidad vigente.

 

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