El TSJM anula la condena por prevaricación tras estimar los recursos de apelación
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha absuelto a Julio César Santos, jefe del Servicio de Inspección Urbanística del Ayuntamiento de Madrid, del delito de prevaricación por el que había sido condenado por la Audiencia Provincial a nueve años de inhabilitación, en relación con la demolición de una vivienda en la Cañada Real Galiana ejecutada el 19 de julio de 2022 mientras el propietario, que residía allí desde 2006, se encontraba de vacaciones en Marruecos. La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, estima los recursos de apelación presentados tanto por Santos como por el Ayuntamiento y revoca la condena anterior, anulando además los pronunciamientos sobre la responsabilidad civil del Consistorio.
El tribunal argumenta que no concurren los elementos necesarios para apreciar prevaricación, ya que no hay evidencia de que Santos actuara de manera arbitraria o con la intención de dictar una resolución injusta a sabiendas, y aclara que el expediente sobre el cese de uso y desalojo de la vivienda se gestionó dentro del marco de las competencias municipales y conforme a las normativas administrativas vigentes. El expediente se refería a una infravivienda ubicada en una parcela de suelo no urbanizable en el sector 6 de la Cañada Real, donde no se permitía la edificación: la orden de cese de uso y desalojo se emitió en mayo de 2022 y, tras las diligencias correspondientes, se decidió la demolición inmediata el 14 de julio.
La resolución absuelve también al excomisionado de la Comunidad de Madrid para la Cañada Real, Markel Gorbea, de cualquier responsabilidad, aunque mantiene al Ayuntamiento de Madrid como responsable civil subsidiario, lo que implica que podría ser requerido a indemnizar al afectado por los daños causados. La absolución marca un hito en el ámbito de la administración urbanística de Madrid y subraya la importancia de tramitar adecuadamente los procedimientos y de contar con las debidas autorizaciones judiciales antes de acciones tan drásticas como la demolición de viviendas, en un caso que refleja la complejidad de los expedientes urbanísticos y la protección de los derechos de los ciudadanos. |