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12 May 2018 |
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ÁREA |
TOTAL ALOJAMIENTO TURÍSTICO |
VIVIENDA USO TURÍSTICO |
HOTEL |
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A1: DISTRITO CENTRO
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45.71 % |
17.64 % |
27.07 % |
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A2: CENTRO HISTÓRICO
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6.69 % |
2 % |
4.25 % |
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A3: ENTORNO
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4.88 % |
0.80 % |
3.57 % |
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A4: RESTO CIUDAD
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1.86 % |
0.31 % |
1.21 % |
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TOTAL CIUDAD
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4.71 % |
1.33 % |
2.90 % |
En función de esta nueva división, en la que el Área 1, correspondería al distrito de Centro, el Área 2 afectaría a los distritos de Chamberí, Arganzuela, parte de los distritos de Salamanca y Retiro y el barrio de Argüelles en el distrito de Moncloa-Aravaca, el Área 3, atañería al resto de la almendra central y zonas de Puerta del Ángel, Príncipe Pío y Chamartín y, finalmente, al área 4 pertenecería el resto de la ciudad de Madrid, se valoraría una regulación más o menos restrictiva para cada una de las nuevas áreas .Las medidas que en estos momentos se están planteando incluyen la prohibición total de cambio de uso residencial a terciario en las zonas A1 y A2, la prohibición de abrir cualquier tipo de vivienda turística en edificios de uso residencial salvo que cuente con acceso independiente desde la calle o la exigencia de un plan especial autorizado por el ayuntamiento para los cambios de uso en el resto de áreas.
Moratoria actual
Es necesario destacar que mientras se redacta y aprueba el nuevo Plan Especial, la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid aprobó el pasado mes de enero una moratoria que comprendía la suspensión durante un año de la concesión de licencias, para todas las modalidades de alojamiento turístico (establecimientos hoteleros, albergues, hostels, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico) en los inmuebles destinados actualmente a vivienda en todos los barrios del distrito Centro: Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, junto a los barrios de Palos de Moguer en el distrito de Arganzuela, de Recoletos y Goya en el distrito de Salamanca, de Trafalgar en el distrito de Chamberí, y de Argüelles en el distrito de Moncloa-Aravaca.
Esta moratoria en la concesión de licencias no afecta a la oferta de alojamiento durante menos de tres meses en las viviendas que constituyen residencia permanente, pues no están reguladas como alojamiento turístico por la normativa turística autonómica y no constituyen actividad empresarial.