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12 Feb 2024 |
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La Tasa de Basuras se cobrará en cuatro plazosEl Ayuntamiento recuerda que los impuestos y tasas citados anteriormente pueden ser domiciliados. La domiciliación supone el cargo de un tributo en la cuenta del contribuyente dentro del periodo voluntario de pago, según la fecha que se fije cada año en el calendario fiscal. Los tributos que pueden ser domiciliados son: Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), Impuesto sobre actividades económicas (IAE), Vados, Tasa de Basuras, así como la Tasa sobre cajeros automáticos. La domiciliación implica para el contribuyente una mayor comodidad y seguridad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Además, la domiciliación del IBI, IVTM, IAE, Vados, y Tasa de Basuras, implica una bonificación del 3% de descuento en la cuota líquida, con el límite de 300 euros por recibo. Plazo de presentación (altas/modificaciones): La domiciliación deberá ser solicitada al menos con dos meses de antelación a la fecha inicial del cobro del correspondiente padrón y surtirá efecto hasta que el contribuyente comunique su cancelación. Cuando los interesados deseen modificar las cuentas bancarias que hayan señalado para realizar las domiciliaciones, deberán comunicarlo con una antelación mínima de 15 días hábiles a las respectivas fechas de cargo.
Documentación requerida Para solicitar la domiciliación es necesario presentar:
Todos los modelos pueden descargarse en el enlace: https://contribuyente.ayto-alcaladehenares.es/domiciliacion-bancaria/ Vías de tramitación Aportando la documentación requerida por alguna de las siguientes vías:
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