x

Uso de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación.
Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies

15
Ene
2026
El Obispo suspende la actividad de la Hermandad del Cristo de la Agonía PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Sociedad Alcalá
Compartir en MenéameCompartir en TuentiCompartir en Buzz it!Compartir en FacebookCompartir en Twitter

Foto cedida por Ayuntamiento de Alcalá Tras la dimisión de la Junta Directiva y una convocatoria electoral que quedó desierta

La Cofradía del Santísimo Cristo de la Agonía, María Santísima de los Dolores y San Juan, ha anunciado la suspensión temporal de sus actividades. Esta decisión fue comunicada a los hermanos de la cofradía a través de una carta del Obispado, en la que se detalla la situación actual de la hermandad y las razones detrás de esta medida.

La Cofradía del Santísimo Cristo de la Agonía tiene una rica historia que se remonta a 1662, lo que la convierte en una de las más antiguas de Alcalá de Henares. A lo largo de los siglos, ha enfrentado diversos desafíos, incluyendo disputas internas y las repercusiones de eventos históricos como la guerra de la Independencia y las desamortizaciones.

En 1762, la cofradía se fusionó con la de los Doctrinos debido a una disputa con la comunidad religiosa de los Caracciolos. Aunque se desconoce la fecha exacta de su recuperación como cofradía independiente, se menciona el año 1791 como posible.

Tras un periodo de inactividad, la cofradía se documenta nuevamente en 1867, y a lo largo de los años ha mantenido su presencia en las procesiones de Semana Santa, aunque sufrió una desaparición en 1936. Fue reconstituyéndose en 1955, aunque algunos de sus miembros ya habían comenzado a participar de forma no oficial en las festividades.

La suspensión de actividades se debe a la falta de una nueva Junta de Gobierno. Desde la dimisión de la anterior junta, no se ha presentado ninguna candidatura en las últimas convocatorias de elecciones. Esto ha llevado al Obispado a tomar la decisión de suspender temporalmente todas las actividades de la cofradía, incluyendo sus tradicionales procesiones del Vía Crucis del Viernes de Dolores y el Viernes Santo.

El Obispado de Alcalá de Henares ha explicado que, ante la vacante en la Junta de Gobierno, es necesario tomar medidas que aseguren la continuidad y el buen funcionamiento de la cofradía. La suspensión se mantendrá hasta que se presente una nueva candidatura para formar la junta.

La decisión de suspensión se basa en el Estatuto Marco que regula las normas para las asociaciones públicas de fieles, específicamente en el título VII que trata sobre la modificación de estatutos, extinción y supresión de asociaciones. Los artículos relevantes incluyen:

Artículo 55: Establece que cualquier modificación de los estatutos debe ser decidida por la Asamblea General y aprobada por el Obispo.

Artículo 56: Indica que una asociación puede extinguirse si es legítimamente suprimida por la autoridad competente o si cesa su actividad por un periodo de cien años.

Artículo 57: Permite la supresión de la asociación si su actividad causa daño grave a la doctrina o disciplina eclesiástica.

Artículo 58: Detalla que, en caso de extinción, los bienes de la asociación serán administrados por el Obispado, que los destinará a fines análogos

 

Escribir un comentario

Código de seguridad
Refescar

El Tiempo

A Todo Color








Las Entrevistas del Telescopio

Redes Sociales

























Noticias Relacionadas