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11
Jul
2018
Alcalá destinará 60.000 euros a ayudas para dependientes y personas con discapacidad PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Sociedad Alcalá
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Foto cedida por Ayuntamiento de AlcaláAbierta la convocatoria de subvenciones para el año 2018

La Concejalía de Acción Social ha abierto la convocatoria de ayudas económicas destinadas a promover la autonomía personal en las personas mayores dependientes y/o con discapacidad para el año 2018. El objetivo de la convocatoria es ayudar a personas y familias a financiar la adquisición de productos de apoyo y realización de adaptaciones en el hogar. Se trata de facilitar la realización de actividades básicas de su vida diaria, mejorando su bienestar y favoreciendo su movilidad, comunicación y participación en la vida social de su entorno. Para ello se ha dispuesto de una partida económica de 60.000 euros.

El concejal de Acción Social, Suso Abad, explica que “se trata de la primera vez que el Ayuntamiento convoca estas ayudas, que forman parte de las políticas de servicios sociales que han aumentado su presupuesto en más de un 40% en esta legislatura. Serán una buena ayuda para muchas familias, y no sabemos cuántas porque la Comunidad de Madrid no nos proporciona los datos para conocer la realidad de la dependencia en Alcalá, pero no queremos esperar y hemos puesto en marcha esta actuación tan necesaria”.

Estas ayudas pueden solicitarlas personas dependientes, personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65% y personas mayores de 75 años. Los requisitos que deben cumplir las personas solicitantes es estar empadronadas en Alcalá de Henares con al menos 12 meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud y tener residencia efectiva en un domicilio particular y no haber recibido ayudas similares en otras administraciones o entidades durante el año 2018, por el mismo concepto y cuantía.

En el caso de la solicitud de ayudas para adaptación de hogar, la persona tiene que ser residente en un domicilio particular; que la vivienda sea propiedad, usufructo o arrendada de la persona solicitante y/o beneficiaria, o a su cónyuge o pareja de hecho o un familiar hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad. Que la renta anual de la persona o de su unidad familiar de convivencia, hasta primer grado de consanguinidad, no supere el importe anual del IPREM establecido en el baremo con los siguientes límites:

-Unidad familiar de convivencia sin menores de 18 años, dos veces el IPREM anual.

-Unidad familiar con un menor 2,5 veces el IPREM anual.

-Unidad familiar con dos menores tres veces el IPREM.

Las ayudas para adaptación de viviendas tendrán que ir destinadas a la adaptación o construcción de baños adaptados la instalación de suelos antideslizantes colocación de rampas o eliminación de peldaños y otro tipo de soportes que faciliten la movilidad.

En cuanto las ayudas técnicas pueden servir para la compra de asientos giratorios camas adaptadas mesas reguladas andadores sillas de automóviles teléfonos con adaptadores ordenadores personales colchones de descanso excavados y otro tipo de materiales con las mismas finalidades terapéuticas.  El plazo de presentación de solicitudes termina el próximo 30 de octubre.

 

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