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21
Jul
2024
Los Ayuntamientos podrán destinar el PIR a comprar terrenos y edificios PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por CAMLa Comunidad aprueba un decreto de modificación del programa

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto de modificación de este programa que contempla la posibilidad de adquirir terrenos, edificaciones y otros inmuebles con cargo al PIR y destinarlo a vivienda con protección pública para alquiler. También recoge flexibilizar las gestiones a la hora de actualizar o dar de alta en el sistema una obra, así como suprimir la necesidad de tener que aprobar un plan anual de gestión de subvenciones de inversión.

Entre las novedades se recoge, además, la posibilidad de que los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes puedan elegir la forma de tramitar cada obra o, además, que las actuaciones de suministro que tengan un importe inferior a los 100.000 euros pasen a ser directamente de gestión municipal.

Este nuevo documento dota a los consistorios de mayor seguridad jurídica a la hora de llevar a cabo las actuaciones supramunicipales que se dan de alta y contempla, además, su cofinanciación. El Programa de Inversión Regional es el instrumento básico de cooperación económica para los gastos necesarios para la realización de obras y servicios de competencia local, que cuenta con una dotación de 1.000 millones de euros, la más alta en toda su historia.

 

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