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03
May
2013
El 13 de mayo se estrena el servicio de ayuda para la Renta en Madrid PDF Imprimir E-mail
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Estará en funcionamiento hasta el 1 de julio

Más de tres millones de contribuyentes madrileños tendrán que presentar la Declaración de la Renta del pasado año fiscal que, gracias al conjunto de deducciones y la rebaja de un punto en el tramo autonómico del IRPF, les permitirá ahorrarse 360 millones de euros, unos 118 euros de media por declarante.

Así lo señaló el consejero de Economía y Hacienda, Enrique Ossorio, en la presentación de la Campaña de la Renta 2012 que llevará a cabo la Comunidad en colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Ossorio recordó que “la Comunidad de Madrid mantiene la fiscalidad más baja en el IRPF de toda España”.

De esta manera, con un marginal máximo del 21,40%, los contribuyentes madrileños disfrutan del tipo más bajo de todas las comunidades, solo igualado por La Rioja, y muy lejos de otras comunidades como Andalucía, Asturias o Cataluña donde alcanzan el 25,5%. Sin embargo, la Comunidad de Madrid recauda en el IRPF 1.400 millones más que Cataluña y el doble que Andalucía, lo que pone de manifiesto que a menores impuestos, más actividad, más empleo y más recaudación.

Desde que el año 2003, la política de rebajas fiscales habrá permitido un ahorro de más de 21.500 millones de euros a los contribuyentes madrileños, lo que ha contribuido a crear y mantener más de 200.000 empleos.

La Comunidad pone a disposición de los contribuyentes madrileños el teléfono 901.50.50.60, en el que se informará de los beneficios fiscales que pueden ser ejercidos por los madrileños en esta Campaña de la Renta. Igualmente, en el portal de Internet www.madrid.org está disponible toda la información sobre la Campaña de 2012.

Además, la Comunidad prestará un servicio de ayuda al contribuyente en la confección de su declaración. Para ello, se han habilitado dos centros de atención al ciudadano, que estarán situados en las dependencias de la Consejería de Economía y Hacienda en el Paseo del General Martínez Campos, 30 y en la calle Santa Leonor, 8 de Madrid, desde el próximo 13 de mayo hasta el 1 de julio. Para acudir a estos puestos hay que solicitar cita previa en el teléfono 901.22.33.44, que estará operativo hasta el 28 de junio de 9 a 19 horas, de lunes a viernes. Este servicio también puede utilizarse para confirmar y rectificar los borradores de la declaración recibidos por los contribuyentes.

Al igual que en años anteriores, es posible presentar telemáticamente las declaraciones y solicitudes de devolución a través de Internet, en el mismo momento en que se confeccionan, con lo que se evitan desplazamientos a los contribuyentes. Este sistema permite una mayor rapidez de gestión y atención a los contribuyentes madrileños, así como una mayor agilidad en la tramitación y resolución de las solicitudes de devolución por parte de la Agencia Tributaria.

Por otra parte, la Comunidad de Madrid colabora en la elaboración de la declaración de la Renta para personas con pocos recursos en la tercera edición del “Turno de Oficio de Renta” del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM), una iniciativa que tiene como objetivo prestar un servicio gratuito a personas y colectivos de la región con recursos limitados, para que puedan tener confeccionada su renta por los profesionales formados específicamente en esta campaña de Renta 2012 por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Madrid (AEAT).

Se podrán acoger a él todos los ciudadanos residentes en la Comunidad que se encuentran en situación de desempleo o que, estando en activo, no tengan más ingresos que declarar que las rentas de su trabajo y, como máximo, dos viviendas (una habitual y una segunda residencia), sin que ninguna de ellas esté alquilada. La iniciativa se pondrá en marcha el próximo 13 de mayo y finalizará el 28 de junio, en la que los interesados podrán concertar cita previa desde el 6 de mayo en el teléfono gratuito 901 44 40 40. Los requisitos para acogerse al servicio son los mismos que se requieren para optar a la confección gratuita de la declaración en Hacienda.

Deducciones para emprendedores El Gobierno Regional mantiene deducciones que afectan a los inversores en entidades de reciente creación o en expansión, y a los jóvenes emprendedores. Por un lado, los inversores particulares que hayan aportado capital y conocimiento a nuevas empresas tendrán una deducción del 20% de las cantidades invertidas, con el máximo de 4.000 euros anuales, en la adquisición de acciones y participaciones sociales en entidades, siempre que, además de aportar fondos a la entidad, contribuyan con su conocimiento y experiencia en el ámbito profesional o empresarial relacionado con la actividad de la empresa, y se involucre en su desarrollo.

Así mismo, los contribuyentes que realicen inversiones en procesos de ampliación de capital de empresas en expansión que coticen a través del Mercado Alternativo Bursátil, podrán deducirse un 20% de las cantidades invertidas con un máximo de deducción de hasta 10.000 euros. Finalmente, los jóvenes emprendedores de la región que inicien su actividad podrán deducirse hasta 1.000 euros durante el primer año.

Entre las deducciones dirigidas a las familias, destaca una deducción de hasta 900 euros por el nacimiento o adopción de hijos, la más alta de todas las comunidades autónomas. Esta se complementa con 600 euros adicionales por niño cuando se trate de partos múltiples o adopciones múltiples. Además, la Comunidad cuenta con una deducción en el IRPF de entre 1.200 y 1.500 euros para paliar los gastos que generan las adopciones internacionales (600 euros, más los 600, 750 ó 900 euros de la deducción genérica por nacimiento o adopción). Esta cuantía puede ser incrementada con otros 600 euros por niño cuando se trate de adopciones múltiples.

En cuanto a la deducción por acogimiento familiar de menores, alcanza la cuantía de 600, 750 ó 900 euros en función del número de menores acogidos. También se mantiene la deducción de 900 euros por el acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o de discapacitados.

Por otra parte las familias numerosas podrán aplicarse unos mínimos por descendientes, a partir del tercero, con una cuantía de un 10 por ciento superior a la contemplada por el Estado. En concreto, se podrán aplicar un mínimo de 367,20 euros más por el tercer descendiente y de 418,20 euros más por el cuarto y siguientes. De este modo, el ahorro medio para tales familias podrá alcanzar casi los 50 euros más por descendiente. De esta forma, las familias con al menos dos hijos y rentas familiares inferiores a 24.000 euros anuales tendrán una rebaja del 10% de la cuota íntegra autonómica a pagar. De esta forma, los más de medio millón de madrileños (505.000 contribuyentes) que se beneficiarán de esta deducción, tendrán un ahorro medio de 158 euros por unidad familiar. Por otra parte, una pareja de jóvenes, con ingresos anuales inferiores a 24.000 euros, y que vivan de alquiler, pagarán cero euros de cuota autonómica en el IRPF.

También se mantiene la deducción en el IRPF por arrendamiento a jóvenes menores de 35 años, que permite deducir el 20% de las cantidades destinadas por los jóvenes al alquiler de su vivienda hasta un máximo de 840 euros, lo que equivaldría a dos mensualidades de alquiler medio. Además, para impulsar la participación ciudadana en actividades de interés general a través de fundaciones que desarrollen actividades de carácter social, asistencial, educativas, sanitarias o culturales, podrá desgravarse el 15% en los donativos satisfechos cada año.

En esta campaña se mantiene la deducción por gastos educativos, que permite desgravarse un porcentaje de los gastos de uniformes o vestuario de uso exclusivamente escolar soportados durante el segundo ciclo de Educación Infantil y la escolaridad obligatoria. Además pueden ser objeto de deducción los gastos en el aprendizaje de idiomas extranjeros.

Los porcentajes aplicables son el 5% para gastos por uniforme o vestuario, el 10% si se trata de gastos de aprendizaje de idiomas y el 15% si se trata de gastos de escolaridad obligatoria, con un límite de 400 euros por descendiente si no hay gastos de escolaridad o de 900 euros cuando los hay. Esta medida beneficia a familias con ingresos anuales inferiores a 30.000 euros por miembro de unidad familiar. Así, una familia de tres miembros podrá acogerse si su renta no supera los 90.000 euros al año.

 

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