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27 May 2024 |
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La sesión se celebrará este juevesVecinos por Algete denuncia que el Alcalde de Algete, Fernando Romo, no ha convocado la preceptiva Comisión Informativa que se debería de reunir el jueves 23 de mayo, siete días antes de la celebración del pleno ordinario del mes de mayo. Se da la circunstancia que en el pleno de abril se aprobó la modificación del número de componentes de dicha Comisión, reduciéndose el número de concejales en representación de los grupos municipales de la oposición. Desde Vecinos por Algete, su concejal portavoz Sergio Velasco ha señalado que “aunque no haya muchos asuntos que tratar, la no convocatoria de la preceptiva Comisión Informativa anterior a un pleno ordinario es otro ejemplo del incumplimiento de los acuerdos plenarios y del Reglamento Orgánico Municipal, obstaculizándose continuamente el trabajo de los concejales de oposición, que no es otro que el de fiscalizar la labor del equipo de gobierno.” Sergio Velasco ha añadido que “desde Vecinos por Algete creemos que el hecho de que no haya previsión de muchos asuntos para el pleno de mayo no es motivo para no convocar la Comisión Informativa, pues por ejemplo también es el lugar donde consultar las decisiones de la Junta de Gobierno Local y este es un órgano cuya última acta que está publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Algete es de hace cinco meses.” El portavoz del grupo municipal algeteño recuerda que el contenido del artículo 38 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Algete determina claramente la triple función de las Comisiones Informativas “a) De estudio, informe o consulta de los asuntos que han de ser sometidos a la decisión del Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes. Con su votación elaborarán el dictamen o propuesta a someter a aprobación plenaria. También es obligatorio su dictamen cuando el asunto competencia del Pleno, haya sido delegado a otro órgano municipal. b) De seguimiento de la gestión del Alcalde, la Junta de Gobierno Local y los Concejales que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las competencias de control que responden al Pleno. Dicho seguimiento se efectuará fundamentalmente, mediante solicitud de información y formulación de ruegos y preguntas relacionadas con la materia objeto de la competencia de la Comisión. c) La de participar el estudio o dictamen de asuntos competencia de la Junta de Gobierno Local o resoluciones del Alcalde, cuando expresamente, así lo decida el Alcalde, convocando a la Comisión informativa para los asuntos que refiera la convocatoria.” |