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19
Mar
2013
AUC cree que la nueva Ley de Telecomunicaciones no regula la publicidad del juego PDF Imprimir E-mail
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“Parece que se intenta crear un espacio de impunidad”, afirman los Usuarios de la Comunicación

La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) ha hecho público su rechazo ante las pretensiones de utilizar la futura Ley General de Telecomunicaciones para crear un “espacio de impunidad” en el caso de la publicidad de juego. Las quejas de la Asociación se refieren a la disposición final primera prevista en la citada norma, según la cual la responsabilidad de garantizar que el operador de juego que se anuncia está legalmente habilitado podría quedar únicamente en manos de los intermediarios publicitarios, exonerando así de esa responsabilidad a otros agentes involucrados como los medios de comunicación o sitios en internet que difunden esa publicidad.

Para ello se pretende introducir un nuevo párrafo en el artículo 7.3 de la Ley del Juego, del siguiente tenor:

“Cuando la publicidad se contrate a través de redes publicitarias, este deber recaerá sobre la red publicitaria que gestione los espacios publicitarios. Se considera red publicitaria a la entidad que, actuando en nombre y representación directa o indirecta de uno o varios editores, ofrecen directamente a los anunciantes o, indirectamente a través otros demandantes, como las agencias de publicidad, la posibilidad de obtener espacios publicitarios y gestionarlos de manera que converjan con la demanda, pudiendo ofrecer servicios complementarios como el análisis de la eficacia de la publicidad insertada”.

Ello supone, en opinión de la Asociación, crear en la práctica un espacio de impunidad para la publicidad ilícita de juego, ya que en muchos casos las empresas de dedicadas a esta actividad están establecidas fuera de España, e incluso de la Unión Europea, y la única posibilidad de actuar eficazmente contra esa posible publicidad ilícita, aun existiendo una red publicitaria, es requerir al medio de comunicación o al prestador de servicios de la sociedad de la información su cese o rectificación.

AUC advierte que ese intento de liberar a los sitios de Internet de su responsabilidad publicitaria es contradictorio con el marco legal español y europeo e incluso con la tónica general de lo señalado por el propio ante proyecto de Ley General de Telecomunicaciones. Supone un agravio comparativo para los operadores de juego radicados en España y para el resto de medios de comunicación, a los que sí se reconoce esa responsabilidad. Y genera una mayor desprotección de los consumidores, en un ámbito tan sensible como es el de las actividades de juego.

Por ello, la Asociación pide que se modifique esa disposición final para que quede clara la responsabilidad solidaria o subsidiaria de los prestadores de servicios de la sociedad de la información ante los casos de publicidad ilícita, independientemente de las obligaciones que puedan  atribuirse a las redes publicitarias y al mismo nivel que la reconocida para la prensa, la radio y la televisión.

 

 

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