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02 Feb 2013 |
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Al tener un precio de adjudicación inferior a 60.000 euros, se puede optar por el contrato negociado sin publicidadEl pasado miércoles el llamado Caso Yusta daba una nueva vuelta de tuerca, y es que, a pesar de las insinuaciones publicadas por El Confidencial, que incluso llevaron el asunto hasta el Pleno Municipal, lo cierto es que, a nivel interno, el asunto está más que zanjado: dos informes de régimen interno del Ayuntamiento de Torrejón afirman, sin ningún género de dudas, que la adjudicación de la cafetería de la piscina cubierta se produjo con todas las garantías legales, si bien utilizando una figura poco conocida en el sistema de Contratos del Sector Público, el llamado negociado sin publicidad. Así, los informes, firmados por la Jefa del Servicio de Contratación y el Secretario, establecen la legalidad en el procedimiento de adjudicación del llamado contrato 54/2012 del Ayuntamiento de Torrejón. En concreto, la Jefa del Servicio de Contratación afirma: “el contrato reseñado tiene naturaleza de contrato administrativo especial... al no encontrarse incluido en ninguno de los contratos típicos pero que se encuentran vinculados al tráfico o giro específico de la Administración contratante o por satisfacer una necesidad pública... Los contratos administrativos especiales podrán ser adjudicados por procedimiento negociado cuando su valor estimado sea inferior a cien mil euros, o por procedimiento negociado sin publicidad, si su valor es inferior a sesenta mil euros, IVA excluido”. Precisamente una de las claves de este contrato es estimar el coste de la adjudicación: En el caso que nos ocupa, para establecer el valor estimado del contrato, al no existir un precio o importe del contrato, pues se trata de la prestación de una serie de servicios directamente a los usuarios, el mantenimiento y limpieza de las instalaciones, el pago de los suministros necesarios y los trabajos de adecuación del local, con la única contraprestación de que la retribución del adjudicatario sería aquella que consiguiera por él mismo mediante la explotación del bar-cafetería, éste sería la diferencia entre lo que al Ayuntamiento le costaría la prestación de los servicios señalados y las obras de adaptación del local y la posible retribuciòn del adjudicatario, y que se estima inferior a los 60.000 euros”, explica la Jefa de Contratación. Otro de los asuntos polémicos queda zanjado de forma rotunda por el mismo informe: “consta en el expediente la solicitud de tres ofertas, a distintos clubes deportivos del municipio, mediante correo electrónico y con la notificación de entrega del correo”. La clave para entender la adjudicación hay que buscarla en cómo funciona el llamado contrato negociado sin publicidad, incorporado hace pocos años en el Derecho Administrativo, y poco usado por las Administraciones, si bien es uno de los más rápidos a la hora de adjudicar el servicio. Este tipo de contrato transfiere la iniciativa de la adjudicación a la propia Administración, encargada de contactar con, al menos, tres empresas que pudieran estar interesadas en la prestación del servicio. Estas tres empresas compiten, a través de negociación, entre sí, y de ellas, la Administración selecciona la mejor para los intereses públicos. En este caso, y según explica el informe, se contactó, a través de correo electrónico con los clubes Soto Pádel Torrejón, Escuela Javi Limones y Club Basket Torrejón, si bien solo la última respondió haciendo una oferta. Ante la ausencia de respuesta de los otros dos, y siempre que cumpla con el pliego de condiciones, la Administración está obligada a aceptar la oferta, so pena de incurrir en prevaricación. |