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13
May
2020
La Comunidad recibe mas de tres mil solicitudes para las ayudas al alquiler en diez días PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por CAMEl Gobierno sólo destinará 16 millones a la región

La Comunidad de Madrid ha recibido ya 3.071 solicitudes de ciudadanos que reclaman las ayudas estatales para el alquiler contenidas en el Real Decreto 11/2020 y la Orden Ministerial 336/2020, ambas aprobadas el pasado 9 de abril.

Estas ayudas pertenecen al Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, y tienen por objeto la concesión, mediante adjudicación directa, de ayudas al alquiler a los arrendatarios que acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida como consecuencia del coronavirus.

Con la publicación el pasado lunes 11 de mayo de la Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), quedó abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de viviendas habitual, que podrán alcanzar hasta los 900 euros por mensualidad, hasta un máximo de 6 mensualidades, y que se podrán solicitar hasta el próximo 30 de septiembre.

Así, en tan solo una semana se habría cubierto sobradamente el cupo de ayudas anunciadas por el Gobierno central, que ha incorporado 100 millones de euros adicionales, mediante Real Decreto, al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, de los que la Comunidad de Madrid recibe 15,9 millones.

El consejero de Vivienda y Administración Local, David Pérez, ya advirtió –tras conocerse el dinero repartido entre las comunidades autónomas- de que esta cantidad era insuficiente, “apenas un 10% de las necesidades reales, ya que estimamos que serán unas 60.000 las solicitudes que recibamos, por lo que la incorporación adicional de fondos a este Plan debería contar con, al menos, 150 millones de euros adicionales”.

“Si las 3.071 solicitudes recibidas hasta el día de ayer fuesen correctas, ya tendríamos demandantes que se quedarían fuera, puesto que la cantidad asignada a la Comunidad de Madrid tan solo permite ayudar a 2.944 personas, al adjudicar un máximo de 5.400 euros por solicitantes”, ha lamentado Pérez.

Las ayudas a las que los madrileños pueden acogerse en materia de vivienda por el COVID-19 son tanto moratorias en el pago de la renta del alquiler, a través de préstamos avalados por el Estado, como las ayudas al alquiler regionales. También puede tratarse de moratorias para el pago de la deuda hipotecaria, prórrogas extraordinarias de los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual y la suspensión de desahucios y lanzamientos durante el estado de alarma.

Se podrá incluir como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril, y el plazo máximo de concesión de ayudas será de 6 meses. El período subvencionable comienza el mes siguiente en el que el destinatario haya entrado en uno de los supuestos de vulnerabilidad. Los gastos derivados se financian con fondos de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid.

Las solicitudes pueden presentarse mientras dure el estado de alarma, preferentemente por medios electrónicos o con carácter presencial en las Oficinas de Correos. Posteriormente, una vez finalizada esta situación, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y no necesariamente en los registros de la Consejería de Vivienda y Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Aquellas peticiones debidamente cumplimentadas, cuyos demandantes cumplan con los requisitos exigidos, serán resueltas favorablemente mientras exista crédito disponible. Para su concesión se tendrá en cuenta el orden cronológico de presentación. Se considerarán presentadas cuando reúnan toda la documentación requerida, y una vez subsanados los errores si fuera necesario.

Cuando el crédito disponible esté agotado, las solicitudes recibidas con posterioridad serán resueltas desfavorablemente. El agotamiento de dichos fondos será comunicado a través del portal web oficial de la Comunidad de Madrid.

Para ello, el Gobierno regional ha editado una guía de ayuda que se puede descargar desde el propio portal web oficial de la Comunidad de Madrid. Con este recurso dinámico y actualizado se da respuesta concreta a las preguntas más frecuentes que surgen a los ciudadanos en relación con las medidas referidas al alquiler, desahucios, hipotecas, etc.

El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy un gasto de 15,9 millones de euros destinado a la concesión directa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, de acuerdo al Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Se trata de una de las medidas de aportación financiera estatal adicional a este Plan Estatal cuyo crédito podrá ser incrementado, según la disponibilidad presupuestaria, hasta otros 17,3 millones de euros para ofrecer más ayudas en materia de vivienda. Finalmente, a primeros de 2021 se dotaría con otros 17,7 millones más. En total, el gasto ascenderá a 51 millones de euros. Las comunidades autónomas son las encargadas de la gestión y tramitación burocrática de estas ayudas que podrán ser solicitadas por los afectados hasta el próximo 30 de septiembre.

Se concederán mediante adjudicación directa para el pago de la renta del alquiler a las personas arrendatarias que tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19. Entre estos supuestos se encuentran la vulnerabilidad económica y social sobrevenida y la imposibilidad de hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación contraídas por arrendatarios de vivienda habitual.

El Gobierno regional ya ha mostrado su disconformidad con la partida destinada a Madrid para este fin al considerarla insuficiente de cara a responder a las solicitudes de miles de familias madrileñas afectadas económicamente por la pandemia y de manera específica relacionada con los arrendamientos. Se traducen en una ayuda máxima de 5.400 euros, por lo que solo se podrían conceder 2.944 ayudas en toda la región.  Se trata de un nuevo paquete de ayudas que no ha sido convenientemente dimensionado ni suficientemente provisto de fondos.

La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS), dependiente del Área de Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, aplazará el pago del alquiler cuatro meses a todos los inquilinos de sus locales comerciales que hayan visto afectada su actividad económica a causa de la crisis provocada por el coronavirus. El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, aprobado por el Gobierno central, aplica esta moratoria solo a pymes y autónomos que tengan un local comercial en alquiler. La EMVS ha decidido dar un paso más allá e incluir en esta ayuda a asociaciones y entidades que también tienen alquilados alguno de los 86 locales propiedad de la empresa municipal.

El coste del alquiler de los locales está siendo uno de los gastos más importantes y difíciles de asumir para muchas empresas y autónomos mientras mantienen sus oficinas o tiendas cerradas y no pueden generar ingresos durante esta crisis sanitaria. Por eso, el RDL 15/2020 permite a los inquilinos que se hayan visto afectados solicitar una moratoria en el pago de la renta que se aplicará de manera automática. El plazo para solicitar esta ayuda finaliza el 23 de mayo y la EMVS permite tramitarla a través de su página web (www.emvs.es).

En el caso de empresas públicas, como la EMVS, la moratoria en el pago del alquiler puede durar hasta cuatro meses si arrendador e inquilino no pactan otras condiciones. El inquilino podrá pagar la deuda, sin intereses, en dos años a contar desde que acabe la moratoria o en el tiempo que le quede de contrato de alquiler si es inferior a estos dos años.

Los requisitos para autónomos es que estuvieran afiliados antes de la declaración del estado de alarma del 14 de marzo, que su actividad haya quedado suspendida debido a la crisis sanitaria o que, en caso de que no se haya visto suspendida, su facturación se haya reducido, al menos, un 75 %. En el caso de pymes (con menos de 50 trabajadores y un límite de ocho millones de euros de su línea de negocio en dos años), los requisitos también son que su actividad se haya suspendido o una reducción del 75 % en su facturación. Actualmente, la EMVS tiene locales alquilados a peluquerías, centros de fisioterapia, empresas de telecomunicaciones o clínicas veterinarias, entre otras actividades, cuya renta media mensual es de unos 270 euros.

Asimismo, la EMVS alquila locales a otras entidades, asociaciones y fundaciones que quedan fuera del real decreto regulado por el Gobierno central y a los que el Ayuntamiento de Madrid también quiere ayudar si se han visto afectados económicamente por esta pandemia. Se trata, por ejemplo, de asociaciones dedicadas a talleres de formación empresarial y artística, ONG y entidades dedicadas a la integración de personas con discapacidad, entre otros.

Los requisitos para este último grupo de inquilinos es que estuvieran legalmente constituidos antes de la declaración del estado de alarma, que la actividad desarrollada en su local haya quedado suspendida o que hayan tenido que incrementar sus recursos para desarrollar actividades extraordinarias para contribuir positivamente en la lucha contra la COVID-19 o paliar sus consecuencias.

La EMVS ya aprobó la semana pasada importantes medidas para ayudar también a los inquilinos de sus viviendas afectados económicamente por la COVID-19. La primera, condonar definitivamente a todos los inquilinos de la EMVS, 5.626 familias, el recibo del alquiler de mes de abril. La segunda, reducir el 50 % de la renta durante cuatro mensualidades a todos aquellos inquilinos que acrediten una situación de vulnerabilidad económica, medida que afectará a 1.000 de estas familias. Y la tercera, ampliando y mejorando las medidas fijadas por el Gobierno central, reducir un 50 % el alquiler durante dos meses a otros inquilinos que, no cumpliendo los requisitos regulados por el Gobierno, viven en la actualidad otras situaciones de vulnerabilidad económica. Ayudas que podrían llegar a otras 1.000 familias. En total el ahorro para todos estos inquilinos suma 1,8 millones de euros.

La Comunidad de Madrid ha elaborado una guía ciudadana sobre las medidas en materia de vivienda que se han puesto en marcha durante la crisis sanitaria por el COVID-19. Este manual pretende ayudar a trabajadores, familias y colectivos vulnerables que necesitan una mayor atención tras el fuerte impacto del coronavirus en la economía, con importantes pérdidas de rentas en hogares, autónomos y empresas.

Esta guía se puede descargar desde el portal web oficial de la Comunidad de Madrid y da respuesta a las preguntas más frecuentes que surgen a los ciudadanos en relación al alquiler, desahucios o hipotecas, con el objetivo de ofrecer un recurso dinámico.

Las ayudas en materia de vivienda a disposición de los madrileños pueden ser moratorias en el pago de la renta del alquiler a través de préstamos avalados por el Estado como las ayudas al alquiler por el Covid-19 regionales; moratorias para el pago de la deuda hipotecaria; prórrogas extraordinarias de los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual: y la suspensión de desahucios y lanzamientos durante el periodo que transcurra el estado de alarma.

Tras la publicación esta semana de la orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) se ha abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de viviendas habitual, que podrán alcanzar hasta los 900 euros y se podrán reclamar hasta el 30 de septiembre.

Estas ayudas se podrán conceder por un plazo máximo de 6 meses y do dimisia CAM porque ademta y se que no supere los 900 eurosa de 5 alumnosndo que se ha producido dimisia CAM porque ademta y scubrir el total del importe mensual del alquiler, siempre éste que no supere los 900 euros, y se podrá incluir como primera mensualidad la correspondiente al pasado mes de abril. El máximo período subvencionable comenzaría a partir del mes siguiente al momento en el que el beneficiario ha entrado en uno de los supuestos de vulnerabilidad. Estos gastos se financian con fondos de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid.

Las solicitudes pueden presentarse -mientras dure el estado de alarma- preferentemente por medios electrónicos, o con carácter presencial en las Oficinas de Correos, y una vez finalizado el éste o las limitaciones de circulación, se podrá presentar presencialmente en cualquiera de los Registros previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, no necesariamente en los registros de la Consejería de Vivienda y Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Aquellas solicitudes debidamente cumplimentadas, cuyos solicitantes cumplan con los requisitos exigidos, serán resueltas favorablemente mientras exista crédito disponible. Para su concesión se tendrá en cuenta el orden cronológico de presentación. Se tendrán por presentadas cuando reúnan toda la documentación requerida, y una vez subsanada, en su caso.

Una vez que se agote el crédito disponible, las solicitudes recibidas con posterioridad, serán resueltas desfavorablemente. El agotamiento de dichos fondos será comunicado a través del portal web oficial de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, en caso de que el arrendatario esté inmerso en un procedimiento de desahucio derivado del contrato de alquiler de vivienda habitual y no disponer de una alternativa habitacional, podrá solicitarse que éste no se lleve a cabo. Esto es posible porque tras la declaración del estado de alarma, los plazos de tramitación de los procedimientos de desahucio se encuentran suspendidos, y no continuarán hasta que deje de tener vigencia esta situación excepcional. Esta iniciativa se aplica también con los lanzamientos que tuvieran fijada ya una fecha por el Juzgado para su ejecución.

Para solicitar esta medida no será necesario abogado o procurador, pero sí se deberá aportar toda la documentación que acredite la situación ante el Juzgado. Tras ello, este último lo comunicará a los servicios sociales y suspenderá el proceso de desahucio hasta que los servicios sociales adopten las medidas que estimen oportunas, o por un periodo máximo de seis meses desde el 2 de abril de 2020.

Otra de las medidas de las que se informa en esta detallada guía es la posibilidad de solicitar al arrendador una prórroga extraordinaria, que se extenderá por un plazo máximo de seis meses, en el caso de que el contrato de vivienda habitual finalice dentro del plazo temporal comprendido entre el 2 de abril y hasta el día en que hayan transcurrido dos meses desde la finalización del estado de alarma. Durante el tiempo de prórroga extraordinaria se deberá abonar la renta pactada, pero en caso de encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica ocasionada por el COVID-19 que se pueda acreditar, el arrendador también podrá acogerse a alguna de las ayudas previstas.

A la moratoria de los créditos hipotecarios se podrá acceder si se padecen dificultades extraordinarias para atender el pago de la hipoteca como consecuencia de la crisis del COVID-19. Esta moratoria supone la suspensión de la deuda hipotecaria durante el plazo de tres meses, es decir, la posibilidad de que no pagar las cuotas hipotecarias durante la crisis sanitaria. Se podrá solicitar al banco correspondiente en un plazo de hasta quince días después del fin de la vigencia del estado de alarma, y la entidad de crédito tendrá que aplicarla en el plazo máximo de quince días siguientes a la solicitud.

Esta ayuda podrá reclamarse si el afectado se encuentre en situación de desempleo o, en caso de ser empresario, haber sufrido una pérdida igual o superior al 40% de los ingresos o ventas. Además, el conjunto de ingresos de la unidad familiar no debe superar los 1.613€ en el mes anterior a la solicitud, y la cuota hipotecaria o el pago del alquiler o cuotas de otros préstamos, más los gastos y suministros básicos, debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos que percibe el conjunto de la unidad familiar, entre otros requisitos.

La guía también incluye la información necesaria para solicitar la reducción de renta en el caso de ser arrendatario de una vivienda de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y encontrarse en situación de vulnerabilidad a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19. Esta disminución de la renta puede llegar al mínimo, que en el año 2020 es de 46,56 euros mensuales para la vivienda y 4,54 euros mensuales para las plazas de garaje vinculadas.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado esta semana la Orden por la que se convocan las subvenciones para contribuir a minimizar el impacto económico y social originado por el COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual de los madrileños. Las ayudas quedan recogidas en el Real Decreto 11/2020 y la Orden Ministerial 336/2020 aprobadas el pasado día 9 de abril.

El Real Decreto establece la incorporación al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, de un nuevo programa de ayudas al alquiler denominado Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, que tiene por objeto la concesión, mediante adjudicación directa, de las ayudas al alquiler en él contempladas.

La aportación financiera estatal adicional al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 cuenta con un presupuesto total para todas las comunidades autónomas de 100 millones de euros, de los que 15,9 corresponden a la Comunidad de Madrid.

La Orden convoca, conforme a lo establecido por la base reguladora estatal, las ayudas que deberán ser distribuidas, además de regular aquellos aspectos puramente organizativos y de gestión de la convocatoria. La publicación de esta Orden permite a los interesados comenzar a tramitar sus solicitudes, que serán admitidas hasta el próximo 30 de septiembre.

Las comunidades autónomas son responsables de establecer, tanto los requisitos de acceso como el procedimiento de otorgamiento de las ayudas, acordando en Consejo de Gobierno la correspondiente autorización de gasto. En este sentido, la Comunidad lleva trabajando durante semanas -de manera anticipada incluso a la recepción de las ayudas por parte del Estado- para hacer efectivas las ayudas lo antes posible efectivas.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellos afectados por el COVID-19, en situación de desempleo, cese de actividad, ERTE o pérdidas de ingresos, teniéndose en cuenta toda la unidad familiar, incluyendo familias monoparentales.

La limitación de ingresos, con carácter general, será 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), a lo que se sumará 0,10 puntos por cada hijo a cargo, y 0,15 puntos más por cada hijo en unidad familiar monoparental. En el caso de residir con personas con discapacidad, el tope será hasta 4 veces IPREM, y 5 veces IPREM para los casos de grandes discapacidades sensoriales.

Otros supuestos incluidos son que la renta arrendaticia, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar. En cuanto a la cuantía de las ayudas, estas serán el equivalente al 100% de la renta arrendaticia, con un límite máximo de 900 euros por mensualidad, durante un periodo de 6 mensualidades y un máximo a percibir de 5.400 euros.

En el proceso se realizará en un pago único, con carácter anticipado, exonerando al beneficiario de la obligación de prestar aval o garantía. Los beneficiarios deberán aportar los justificantes acreditativos de pago de la renta de alquiler o la declaración responsable firmada por el arrendador, en la que se indique que la ayuda se ha destinado al pago del arrendamiento de la vivienda; o bien un certificado de la entidad financiera acreditativo de la cancelación, total o parcial, de las ayudas transitorias de financiación reguladas.

Con la redistribución de los programas anteriores incluidos en el propio Plan Estatal de Vivienda desde el Gobierno de la Comunidad de Madrid se ha incrementado la financiación para las ayudas al alquiler hasta alcanzar los 51,93 millones de euros, que se distribuyen en la anualidad correspondiente al año 2020 (17,3 millones de euros), la de 2021 (17,7 millones de euros), más estos 15,9 millones de ayuda extraordinaria con motivo de la pandemia.

La Comunidad de Madrid promoverá acciones en materia de Vivienda y Administración local que ayuden a dinamizar la economía y contribuyan a una pronta recuperación de los efectos del COVID-19. Así lo ha subrayado el consejero de Vivienda y Administración Local, David Pérez, durante su comparecencia hoy –a petición propia- en la Asamblea de Madrid.

Pérez ha desgranado las actuaciones llevadas a cabo en la Consejería de Vivienda y Administración Local desde que se declaró el estado de alarma, con el objetivo de “prevenir y proteger especialmente a la población rural, ofrecer recursos sociales y económicos, en materia de vivienda y buscar alternativas para una pronta recuperación económica”.

En el ámbito de vivienda y rehabilitación, el Plan Alquila ha continuado prestando telemáticamente sus servicios mediante una campaña de intermediación entre sus más de 16.000 inquilinos, atendiendo a aquellos que pudieran encontrarse en situación de vulnerabilidad, de manera que pudieran continuar con sus contratos de arrendamiento. Así, se han llevado a cabo 406 intermediaciones sobre un total de 2.908 consultas, además de hacerse 10.579 atenciones telemáticas de diversa índole, y otras 2.413 atenciones telefónicas.

Por su parte, la Oficina de atención Ciudadana ha atendido y resuelto 4.106 consultas de asuntos relacionados con vivienda. También se ha mantenido una constante coordinación con el Colegio de Administradores de Fincas (CAF), así como una atención a las 200.000 comunidades de vecinos de la región, en la identificación de posibles inquilinos mayores en situación de soledad, para establecer un canal de atención y seguimiento.

A pesar de las dificultades técnicas en la gestión de los expedientes durante este periodo, la Comunidad de Madrid ya ha abonado el pago a la mitad de los beneficiarios de las Ayudas al Alquiler 2019, por un importe de casi 8 millones de euros, ultimándose el abono al resto de beneficiarios pendientes de pago toda vez que se reactiven los plazos administrativos suspendidos por la situación de alarma.

Asimismo, pese a casi llevar 40 días de retraso en el abono por parte del Gobierno central de las ayudas anunciadas en materia de vivienda contenidas en el Real Decreto 11/2020, y del que Madrid recibirá tan solo 15,9 millones de euros, la Comunidad ya trabaja en el establecimiento de los requisitos de acceso y el procedimiento de otorgamiento de estas ayudas, así como en el Acuerdo de Consejo de Gobierno que autorice el gasto para hacerlas efectivas lo antes posible.

Por otra parte, sí se han transferido diligentemente los fondos correspondientes a todos los programas de Plan Estatal de Vivienda de 2020, sobre los que se ha hecho una redistribución, con lo que la Comunidad de Madrid dispondrá de otros 17,3 millones de euros para ofrecer más ayudas en materia de vivienda.

El consejero ha defendido la necesidad de abordar un gran Pacto Regional por la Vivienda, que sirva para hacer frente a los efectos económicos del COVID-19. Este pacto ha sido acordado ya con los principales agentes del sector inmobiliario madrileño, y contempla aspectos como la colaboración público-privada, una fiscalidad flexible, mayor seguridad jurídica, o el apoyo a una economía social en materia de vivienda, que permitan que este sector pueda convertirse en uno de los principales motores de la reactivación económica no solo regional, sino nacional. “Para esto es fundamental convocar, tal y como ya solicitamos por dos veces al ministro José Luis Ábalos, la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo”, ha enfatizado Pérez.

Por otro lado, desde el inicio del confinamiento los trabajadores de la Agencia de la Vivienda Social (AVS) han llevado a cabo un total de 8.856 actuaciones sociales. Una de las primeras medidas adoptadas ha sido la tramitación administrativa urgente para reducir la renta de alquiler a los inquilinos de viviendas sociales afectados por la pandemia.

Pueden acogerse a esta medida arrendatarios de la AVS que hayan sido despedidos o afectados por un ERTE, y los autónomos que han sufrido una caída en sus ingresos de al menos el 40%. Esta ayuda ha supuesto la reducción al mínimo del precio de alquiler, mediante el pago de una cuota de 46,56 euros por la vivienda y 4,54 euros por plaza de garaje, e incidirá directamente en más de 5.000 familias que actualmente no se benefician de otras ayudas de la Agencia, lo que supondrá más de 1,3 millones de euros en ayudas directas.

La reducción que están obteniendo los inquilinos es de casi un 85% sobre la renta que estaban pagando. La Comunidad de Madrid ha atendido 8.782 requerimientos de información de posibles beneficiarios interesados, tramitando hasta la fecha 603 solicitudes, de las cuales la gran mayoría -un 75%- están destinadas a situaciones de vulnerabilidad por estar incursos en un ERTE.

Igualmente se ha establecido un periodo de carencia -equivalente a la duración del estado de alarma- en la renta de arrendamiento de locales de la AVS, para hacer frente al impacto económico y social ocasionado por el COVID-19. Esta medida afecta a 157 inmuebles, con una ayuda directa superior a 67.000 euros. Hasta la fecha se ha tramitado 91 solicitudes para su aplicación.

En otro orden de cosas, la Comunidad de Madrid ha remitido hasta 22 comunicaciones informativas a todos los ayuntamientos de la región, indicándoles pautas de actuación y recomendaciones ante la pandemia del COVID-19.

Se han superado las 1.000 llamadas y consultas, trasladado todas las peticiones y necesidades de los alcaldes a la Comisión Interdepartamental y al PLATERCAM, resolviendo cuestiones como desabastecimientos de bienes de primera necesidad, peticiones de material, asistencia y desinfección en residencias, centros de salud, o instalaciones de Policía Local y Protección Civil, así como todo tipo de consultas administrativas y de gestión municipal. Más de un 80% de municipios han sido desinfectados gracias a la colaboración de los servicios municipales, la UME, voluntarios, Protección Civil, policías locales y agricultores. Muchas de estas actuaciones han contado con la coordinación del Comisionado para la Despoblación Rural.

Desde el punto de vista administrativo, se han tramitado con celeridad una serie de acuerdos adoptados en Consejo de Gobierno relativos al Plan Estratégico de Subvenciones de 2020. Este programa, dotado con 8,5 millones de euros, servirá para mejorar la situación económica de los ayuntamientos madrileños.

Además, las modificaciones llevadas a cabo en el Programa de Inversión Regional (PIR) permitirán destinar más de 130 millones gasto corriente, pudiendo los consistorios dedicar las cantidades asignadas a paliar los efectos del COVID-19 en sus municipios.

Tal y como reclamó la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en las videoconferencias con presidentes autonómicos, es necesario que los ayuntamientos puedan utilizar el 100% del superávit de sus cuentas para hacer frente a los efectos económicos de la pandemia.

Por último, respecto a la atención dispensada en la Cañada Real Galiana, uno de los enclaves más vulnerables de la región, a través de su la figura de su comisionado, se ha facilitado la atención social, sanitaria y educativa a los 8.000 vecinos de este área, mediante el establecimiento de un Mando único, y en permanente contacto, colaboración y coordinación con entidades sociales-culturales y vecinales de la zona.

Asimismo, se ha identificado a personas mayores y familias para reforzar la ayuda a estos colectivos más vulnerables, además de requerir al Estado la presencia de la UME en tareas de control y desinfección, que finamente fue resuelto por la propia Comunidad de Madrid en colaboración con agricultores locales, ante la inacción del Gobierno central.

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha anunciado que el Ayuntamiento mejorará las ayudas al alquiler fijadas por el Gobierno central para las familias perjudicadas económicamente por el coronavirus, lo que permitirá beneficiar a unos 2.000 inquilinos de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS). El regidor ha presentado estas ayudas tras visitar en el distrito de Carabanchel, junto al concejal de Vivienda, Álvaro González, y el consejero delegado de la EMVS, Diego Lozano, una de las 19 promociones que la empresa pública está construyendo actualmente: 14 están en obras y cinco ya terminadas a punto de entregarlas.

Las ayudas presentadas por el alcalde han sido refrendadas previamente por el Consejo de Administración de la EMVS y han recibido el apoyo de todos los grupos municipales presentes. Las medidas adoptadas se resumen en tres. La primera, condonar definitivamente a todos los inquilinos de la EMVS, 5.626 familias, el recibo del alquiler del mes de abril. Esta decisión ha supuesto para todos los inquilinos un ahorro de un millón de euros.

La segunda medida, siguiendo las condiciones establecidas por el Gobierno central en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, consiste en reducir el 50 % de la renta durante cuatro mensualidades a todos aquellos inquilinos que acrediten una situación de vulnerabilidad económica. De momento, 425 familias han presentado ya la documentación pero, como el plazo finaliza el 3 de julio, la EMVS estima que lo solicitarán otras 575 familias. El ahorro previsto para estos 1.000 inquilinos será de 525.000 euros.

La EMVS ha decidido ir más allá y ampliar y mejorar las medidas fijadas por el Gobierno central, ayudando también económicamente a aquellos inquilinos que, no cumpliendo los requisitos regulados por el real decreto, sí viven en la actualidad otras situaciones de vulnerabilidad económica. A ellos, la EMVS ha aprobado reducirles el alquiler un 50 % durante dos meses.

Durante los meses de marzo y abril, en el peor periodo de la pandemia, los servicios sociales de la EMVS detectaron que algunos inquilinos estaban viviendo situaciones complicadas que provocaban una reducción de sus ingresos por distintas cuestiones no recogidas en el RDL 11/2020.

“Estamos hablando de familias que, por ejemplo, tienen actividades circunstanciales y esporádicas que les permiten tener unos ingresos inusuales, como el cuidado esporádico de niños o mayores; inquilinos que perciben ayudas de familiares, de organizaciones o parroquias que ahora no reciben esos ingresos; o inquilinos, sobre todo mujeres, que, ante el cierre de los colegios y guarderías, han tenido que solicitar reducción de jornada en sus trabajos para cuidar a sus hijos”, explica Álvaro González, concejal de Vivienda, que recalca “que el Ayuntamiento y la EMVS han hecho un importante esfuerzo para intentar ayudar al mayor número posible de inquilinos”.

En este último grupo, la EMVS ha detectado a 298 familias, cifra que puede aumentar a 1.000 hasta el 3 de julio. El ahorro para estas 1.000 familias, que verían reducido a la mitad su alquiler durante dos meses, sería de 234.500 euros. Es decir, que en total la EMVS prevé ayudar económicamente a 2.000 de sus inquilinos, 1.000 porque cumplen los requisitos fijados por el Gobierno y otros 1.000 porque también se han visto afectados económicamente, aunque no cumplen esos requisitos. Estas 2.000 familias se ahorrarán en total 1,8 millones de euros.

El alcalde ha recalcado la importancia de estas ayudas para los inquilinos de la EMVS en una visita a Carabanchel 29, una de las 19 promociones que la empresa pública tiene en marcha, lo que permitirá que esta legislatura el Ayuntamiento ponga a disposición de los madrileños 1.431 viviendas protegidas en alquiler. Cinco de estas promociones (212 pisos) están ya prácticamente acabadas y a punto de ser entregadas. No serán las únicas, puesto que la EMVS tiene otras 19 promociones más en proyecto, en distintas fases previas a la construcción. En total, 38 promociones que sumarán 3.200 viviendas.

Carabanchel 29 es una promoción de 159 viviendas de uno, dos y tres dormitorios que se está construyendo en el sur del distrito, junto a la M-40. El proyecto está compuesto por dos edificios de geometría quebrada, con el objetivo de crear entre ellos tres espacios públicos de distinto carácter para los vecinos, en torno a los que girará la actividad social de la urbanización. También se están construyendo 203 plazas de garaje.

Energéticamente, la promoción cumple sobradamente con el propósito municipal enfocado a la construcción de edificios de consumo de energía casi nulo. Esto supone una reducción drástica de demanda energética y de emisiones de CO2, obteniendo la calificación energética A, con una demanda de energía de 10,81 KWh/m2 año, demanda que es incluso inferior al sello energético ‘passivhaus’, uno de los más exigentes del mercado en materia medioambiental.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha transferido, de manera adelantada, más de 446 millones de euros a las comunidades autónomas y a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para la ejecución de los programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. De esta manera, en el ejercicio 2020, el importe total a trasferir por el Ministerio a las Comunidades Autónomas para la ejecución del Plan estatal de Vivienda 2018-2021 asciende a 346.637.200 euros.

De acuerdo a lo establecido en la Disposición final novena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, adicionalmente a los 346 millones de euros mencionados anteriormente se ha autorizado al Mitma a disponer de 100 millones de euros, con cargo al Fondo de Contingencia. El criterio para su reparto se ha realizado con los mismos porcentajes que se acordaron en la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo. Con el adelanto de estas cantidades, el Ministerio dota a las Comunidades Autónomas de los fondos necesarios para atender a los programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Las administraciones autonómicas tienen flexibilidad para decidir el importe a destinar en cada programa de ayudas, como son el programa de ayudas directas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio, sin hogar y especialmente vulnerables, el programa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, entre otros.

Así, el Gobierno de España, a través del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, traslada los fondos para contribuir a hacer efectivas las medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 11/2020 y las Órdenes Ministeriales TMA/336/2020 y TMA/378/2020, todas ellas dictadas para brindar especial protección del derecho a la vivienda, en un contexto de incertidumbre

 

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