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03
Oct
2025
El Jurado Popular juzgará los otro cuatro delitos del Caso Begoña PDF Imprimir E-mail
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Peinado cita, presencialmente, a Begoña este lunes

El juez Juan Carlos Peinado ha tomado una decisión significativa en relación con la investigación que involucra a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez. En su última resolución, Peinado ha propuesto que Gómez sea juzgada por un tribunal con jurado, vinculando directamente a Pedro Sánchez con los delitos que se le imputan a ella.

La investigación abarca varios delitos, entre los que se encuentran:

Tráfico de influencias

Apropiación indebida

Intrusismo

Corrupción en los negocios

Malversación

Peinado ha decidido que Begoña Gómez sea juzgada por un jurado popular debido a la "fuerza de atracción" de los delitos, lo que implica que si uno de los delitos es competencia del jurado, todos los delitos conexos también deben ser juzgados por el mismo tribunal.

El juez ha señalado que Begoña Gómez pudo llevar a cabo sus actividades delictivas gracias a su relación con el presidente Pedro Sánchez, a quien considera una pieza "fundamental" en el desarrollo de los delitos de tráfico de influencias. Peinado argumenta que sin esta conexión, sería difícil que Gómez y otros investigados pudieran ejecutar las conductas delictivas que se les imputan.

Peinado ha vuelto a citar a Begoña Gómez, a su asesora Cristina Álvarez y al empresario Juan Carlos Barrabés para el próximo lunes. En esta ocasión, ha añadido que deberán comparecer acompañados de sus abogados, lo que no se había exigido en citaciones anteriores. Esta nueva exigencia ha generado suspicacias entre las partes implicadas.

La jurisprudencia española establece que si se investigan varios delitos y al menos uno de ellos es competencia del jurado, este atraerá a los demás delitos conexos. La Ley del Tribunal del Jurado, en su artículo 5, establece que la competencia se extenderá al enjuiciamiento de delitos conexos, lo que ha sido interpretado en diversas sentencias.

La decisión de Peinado ha suscitado críticas en el ámbito jurídico, y se han presentado recursos ante la Audiencia Provincial de Madrid por parte de Begoña Gómez y Cristina Álvarez. Algunos juristas han cuestionado la separación del delito de malversación en una pieza distinta, argumentando que debería ser juzgado junto con los demás delitos.

La investigación se centra en la adjudicación de contratos por un total de 10,5 millones de euros otorgados a Juan Carlos Barrabés por Red.es, un organismo dependiente del Ministerio de Transformación Digital. Se han presentado cartas de apoyo firmadas por Begoña Gómez que podrían haber influido en la adjudicación, lo que ha llevado a la sospecha de adulteración en el proceso.

Se ha señalado que Barrabés también trabajaba como profesor en un máster co-dirigido por Begoña Gómez, lo que añade una capa adicional de complejidad a la investigación. Además, se menciona que Gómez registró un software creado para la cátedra a su nombre, en lugar de hacerlo a nombre de la Universidad Complutense de Madrid.

La defensa de Begoña Gómez, esposa del expresidente del Gobierno español Pedro Sánchez, ha interpuesto un recurso contra la decisión del juez Juan Carlos Peinado, que ha determinado que la causa por presunta malversación se dirima ante un jurado popular en caso de llegar a juicio. Este recurso se fundamenta en varios argumentos legales y en la interpretación de los hechos que rodean la acusación.

El abogado de Gómez, Antonio Camacho, sostiene que no se cumplen los requisitos legales necesarios para considerar que existe un delito de malversación. Según su interpretación, ninguno de los tres investigados en el caso puede ser considerado autor del delito mencionado, y la imputación carece de verosimilitud.

El recurso se presenta en un contexto donde un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha señalado que la asistente de Gómez, Cristina Álvarez, contactó con aproximadamente quince patrocinadores de cátedra que Gómez codirige en la Universidad Complutense de Madrid. La defensa argumenta que Álvarezó únicamente como un favor personal, enviando correos electrónicos en el marco de usos sociales habituales, lo que, según ellos no constituye delito alguno.

Durante el año y medio de investigación llevado a cabo por el juez Peinado, los delitos imputados a Gómez han ido en aumento. Inicialmente, se le acusó de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, pero posteriormente se le sumaron cargos de apropiación indebida e intrusismo. Además, se ha abierto una segunda línea de investigación para determinar si hubo malversación en la contratación de Álvarez como asesora en actividades privadas de Gómez.

Camacho también argumenta que Gómez no cumple con la condición de funcionaria pública necesaria para que se pueda considerar que ha cometido malversación. Alega que no recibía remuneración por su trabajo en la cátedra de Transformación Social Competitiva, lo que refuerza su posición de que no se puede aplicar la ley de malversación en este caso.

El abogado de Gómez critica que correos electrónicos clave para la acusación no fueron entregados a la defensa hasta cinco días después de que la causa se transformara en un procedimiento con jurado. Este retraso plantea dudas sobre la transparencia y la equidad del proceso judicial.

Camacho subraya la falta de regulación que existe sobre las funciones de los asistentes de los cónyuges de presidentes del Gobierno. Indica que no hay normativa que defina claramente las competencias de estos asistentes, lo que complica aún más la situación legal de Gómez y Álvarez.

La defensa de Cristina Álvarez también ha presentado un recurso contra la decisión judicial, argumentando que esta contradice el criterio de la Audiencia Provincial, que previamente había descartado indicios de malversación. Este recurso refuerza la posición de que la acusación carece de fundamentos sólidos.

 

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