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01
Dic
2019
Morata bonificará el IBI a las familias desahuciadas PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Morata de Tajuña
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Foto cedida por Ayuntamiento de MorataEl Pleno aprueba las Ordenanzas Fiscales para 2020

El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña aprobó, sólo con los votos del Equipo de Gobierno, un nuevo paquete de ayudas al pago del IBI para aquellos colectivos más vulnerables. Desde su puesta en marcha hace cuatro años, se han tramitado satisfactoriamente más de 200 solicitudes de este IBI Social.

Estas subvenciones al pago del IBI podrán solicitarlas todas aquellas familias que tengan ingresos anuales inferiores a 2,5 veces al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (18.798,97 euros) y que no sean titulares al 100% de otra vivienda en la localidad. En función de los miembros que componen la familia, las ayudas pueden ir desde un 25% a un 80% del importe del IBI, hasta un máximo de 350 euros.

Además, en el caso de que las familias estén inmersas en un proceso de lanzamiento judicial de su vivienda, sean monoparentales o uno de sus miembros sea víctima de violencia de género, las ayudas se incrementarán un 20%, alcanzando así la totalidad de lo que deba pagar en concepto del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Esta iniciativa tiene como fin “ayudar a aquellas personas con menos recursos”, como recordó ayer el alcalde, Ángel Sánchez, en “una situación de urgencia y con una partida con la que inicialmente asignada se podrán resolver todas las solicitudes, sin necesidad de ampliarla”. Una “preocupación por quienes peor lo están pasando” que para Sánchez era “prioritario aprobar antes de que finalizase el año para poder beneficiar a los vecinos más vulnerables ayudándoles con los presupuestos actuales”.

El criterio de concesión, hasta alcanzar el máximo presupuestado, priorizará las solicitudes cuyas unidades familiares tengan ingresos anuales más bajos por miembro de la unidad familiar; en caso de rentas iguales, se concederán las ayudas priorizando las solicitudes que hayan entrado con anterioridad en registro debidamente cumplimentadas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Una vez aprobada la ayuda, se procederá a compensar la ayuda concedida con el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio 2019.

 

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