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09
Ago
2022
Ayuso encuentra hasta diez causas de inconstitucionalidad en el Decreto de Sánchez PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por CAMViola competencias, restringe derechos fundamentales y va mucho más allá de lo pedido por Bruselas

Desde las diez de la noche de ayer los escaparates están apagados por la noche, y así será, al menos hasta que se pronuncie el Constitucional sobre la legalidad de una norma que ha hecho correr ríos de tinta en los últimos días.

Y es que, si el lunes Madrid anunciaba que interpondrá el recurso de inconstitucionalidad ante el Decreto  este martes concretaba sus argumentos jurídicos, elaborando un decálogo de causas de inconstitucionalidad sobre las que tendrá que pronunciarse el Constitucional.

A continuación se exponen algunos de los aspectos del Real Decreto Ley de ahorro energético aprobado por el Gobierno central y que la Comunidad de Madrid considera que tienen defectos desde el punto de vista constitucional.

1. El carácter básico alegado por el Estado para invadir competencias autonómicas decae porque el objetivo del Real Decreto Ley (RDL) no es garantizar el suministro de gas, ya que el mismo RDL afirma que España no tiene ese problema, por lo que consideramos que no se pueden establecer mínimos ni máximos en las temperaturas de aire acondicionado y calefacción.

2. De la misma forma, ese carácter básico es cuestionable porque nos encontramos ante un acuerdo europeo que no es obligatorio.

3. El cierre de puertas de los locales y centros de trabajo choca con la normativa de Salud Pública dictada con ocasión de la pandemia por COVID-19 y que establece la necesidad de la ventilación.

4. La obligación de instalar cartelería, pantallas, etc. para informar de las medidas de ahorro energético no contribuye directamente a dicho ahorro energético, por lo que invade competencias autonómicas sin justificación.

5. La extensión de las prohibiciones a energías renovables o de autoconsumo excede la necesaria proporcionalidad del RDL. Si lo que se pretende es ahorro de gas, ¿por qué se prohíbe este tipo de iluminación basada en otras fuentes de energía?

6. El apagado de escaparates a las 22:00 horas colisiona directamente con la Ley de Libertad de Horarios Comerciales de la Comunidad de Madrid, que permite abrir las 24 horas del día. ¿Se puede cumplir esa norma con escaparates apagados?

7. El apagado de edificios públicos chocaría con la competencia del cuidado y utilización de los edificios propios de la Comunidad de Madrid y con el desarrollo turístico.

8. El adelanto puntual de la próxima inspección de eficiencia energética en instalaciones podría exceder las bases estatales, toda vez que la periodicidad de estas inspecciones no tiene carácter básico.

9. Se produce una discrepancia entre la duración prevista de las medidas entre la normativa europea -1 año- y la indicada en el RDL -hasta octubre de 2023-.

10.  La defectuosa configuración del régimen sancionador puede llevar aparejada vicios de legalidad o constitucionalidad en las sanciones que puedan imponerse, tal y como sucedió en las derivadas de los estados de alarma durante el COVID.

Carnimad, la organización que representa a los profesionales del comercio especializado de la carne y sus derivados en la Comunidad de Madrid, quiere mostrar su apoyo a la postura mantenida por la Confederación Española de Comercio (CEC) en relación con la petición de revisión del Real Decreto-ley 14/2022 de 1 de agosto de medidas de sostenibilidad económica, con el fin de ajustarlo a las particularidades del sector. En concreto, CEC ha solicitado la adecuación de la aplicación del real decreto-ley de manera que conjugue medidas que procuren la eficiencia energética y el ahorro con el menor impacto posible sobre la actividad comercial, garantizando las mejores condiciones tanto para los trabajadores como para los clientes.

En este sentido, Carnimad, al igual que la Confederación, considera que el Gobierno debería haber tenido en cuenta las aportaciones del pequeño comercio, antes que imponer unas medidas de difícil aplicación y alto coste, y que generan inseguridad jurídica al contradecir otras normativas existentes en materia de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Carnimad entiende igualmente la preocupación de CEC respecto a los gastos extraordinarios que las medidas contempladas en el Real Decreto-ley van a suponer para el comercio y en un plazo muy reducido, como son las herramientas de control de humedad y temperatura y los mecanismos de información a los consumidores sobre las medidas adoptadas en el establecimiento. Estas nuevas obligaciones se suman, como ya puso de manifiesto Cedecarne, la Confederación Española de Detallistas de la Carne, a los que viene soportando el comercio cárnico de proximidad, como el incremento de los costes de las materias primas, la energía y los combustibles, soportando una carga económica que apenas ha sido trasladada en los precios al consumidor, pero que no podrá tardar mucho si esta difícil situación se sigue prolongando.

Asimismo, Carnimad coincide con CEC en que la negociación de las organizaciones empresariales con las comunidades autónomas puede ser la mejor solución de cara a una mejor y flexible implantación de las medidas para el uso racional de la energía, teniendo en cuenta las circunstancias específicas de cada sector y las disposiciones recogidas en materia de normativa laboral.

Los comercios detallistas de carnicería, charcutería, pollería y casquería vienen asumiendo desde hace años un fuerte compromiso medioambiental, invirtiendo en sus empresas para contribuir eficientemente al ahorro energético y, por tanto, al desarrollo sostenible. Por ello, comparten además la valoración que hace CEC sobre el enorme interés que tiene el pequeño comercio en contribuir al uso racional de este recurso.

 

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